Telma Ortiz recurre el auto que denegó las medidas contra los medios de comunicación
La magistrada le denegó la petición por considerar que la hermana de la princesa tiene proyección pública
Telma Ortiz, Rocasolano, hermana de la Princesa de Asturias, Telma Ortiz Rocasolano, y su pareja, Enrique Martín Llop, se han personado en los juzgados de Toledo, donde se celebra en audiencia pública la vista por las medidas cautelares que la pareja ha solicitado contra más de 50 medios de comunicación y editoras del país. / VNEWS
Fernando Garrido, abogado de Telma Ortiz, la hermana de la Princesa de Asturias, ha presentado un recurso contra el auto que denegó por "inviabilidad jurídica" las medidas cautelares solicitadas por el supuesto acoso de los medios de comunicación, según han informado fuentes de su bufete de abogados.
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La juez de primera instancia número 3 de Toledo denegó estas medidas y le impuso el pago de las costas del juicio al entender que la hermana de la princesa tiene proyección pública. También rechazó el argumento de la defensa de una posible existencia de un peligro físico que pudiera sufrir Ortiz ante el acoso de los medios, al precisar que este supuesto está protegido por las leyes que condenan la conducción temeraria.
El abogado insiste en que dicha solicitud de medidas cautelares tiene el objetivo de "impedir la ingerencia en la cotidianeidad de los demandantes de quienes desean conseguir, por puro interés económico, imágenes foto o videográficas sin interés general", y apunta que "la relevancia comunicativa no puede confundirse con la simple satisfacción de la curiosidad ajena".
Según la defensa de Ortiz, alguno de los codemandados ha reconocido que "hay ocho fotógrafos día y noche, durante 24 horas al día, desde hace tres meses" pendientes de los demandantes.
El escrito de recurso elaborado por el Despacho Garrido Abogados recoge jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, relativa a la consideración que ambas instancias tienen de quienes pueden ser considerados personajes públicos, notorios, de proyección pública o privados. La intención es mostrar al juzgador que los demandantes sólo pueden ser considerados privados, con lo que procedería la demanda de que se respete su derecho a la propia imagen.
El recurso señala que las medidas cautelares deben "impedir la vulneración reiterada y demostrada del derecho constitucional a la propia imagen".
La juez de primera instancia número 3 de Toledo denegó estas medidas y le impuso el pago de las costas del juicio al entender que la hermana de la princesa tiene proyección pública.
También rechazó el argumento de la defensa de una posible existencia de un peligro físico que pudiera sufrir Ortiz ante el acoso de los medios, al precisar que este supuesto está protegido por las leyes que condenan la conducción temeraria.