Los límites del Gobierno en funciones
¿Qué puede y qué no puede hacer un Gobierno en funciones? La Ley 50/1997 establece que solo podrá dedicarse al “despacho ordinario de asuntos públicos” y no podrá adoptar ninguna otra medida “salvo casos de urgencia o por razones de interés general”. La Abogacía del Estado señala que se estudiará “caso por caso”
18/01/2016 - 08:03
Sonia Sánchez
Madrid