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Sentencia Procés

Indultos en contra del criterio de los jueces: pocos pero muy sonados

El año pasado sólo se concedió un indulto en contra del criterio del tribunal sentenciador

Hay varios ejemplos de indultos polémicos concedidos en contra del criterio del tribunal: el juez Javier Gómez de Liaño, el banquero Alfredo Sáenz o el kamikaze de Valencia

El líder de ERC, Oriol Junqueras, sale del Parlament tras la investidura del candidato de su partido como nuevo presidente de la Generalitat / David Zorrakino (EUROPA PRESS)

El líder de ERC, Oriol Junqueras, sale del Parlament tras la investidura del candidato de su partido como nuevo presidente de la Generalitat

Madrid

El Tribunal Supremo se ha pronunciado completamente en contra de indultar a los presos del procés independentista, al entender que no concurre ni uno de los requisitos legales que justifiquen la medida de gracia para Oriol Junqueras y el resto de condenados por sedición, malversación y desobediencia. Los indultos otorgados en contra del criterio de la Fiscalía y los jueces no son imposibles ya que son informes no vinculantes pero sí son poco frecuentes teniendo en cuenta las estadísticas.

Informe no vinculante

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Los informes de la Fiscalía y el Tribunal Supremo no obligan al Gobierno a indultar o negar el indulto a los presos del procés o de cualquier otro proceso judicial. La última palabra es la del Consejo de Ministros, que en ocasiones anteriores ha justificado indultos ante la opinión pública basándose en el informe del Supremo y el Ministerio Público. El artículo 25 de la Ley del Indulto de 1870 obliga al tribunal sentenciador a pronunciarse sobre "su conducta posterior a la ejecutoria, y especialmente las pruebas o indicios de su arrepentimiento que se hubiesen observado, si hay o no parte ofendida, y si el indulto perjudica derecho de tercero, y cualesquiera otros datos que puedan servir para el mejor esclarecimiento de los hechos, concluyendo por consignar su dictamen sobre la justicia o conveniencia y forma de la concesión de la gracia".

Muy pocos indultos

Los datos reflejan cómo en España se conceden pocos indultos en relación con los que se solicitan todos los años, y que muy poco se otorgan con la opinión en contra del tribunal que dictó la sentencia condenatoria. El pasado año 2020, según los datos del Ministerio de Justicia, el ejecutivo central concedió 28 indultos y sólo uno de ellos se otorgó con la opinión en contra del tribunal sentenciador. En total a lo largo del año pasado se denegaron casi 2.900 peticiones de indulto.

El caso de Gómez de Liaño

Existen por tanto pocos casos de indultos concedidos en contra del criterio de los tribunales, pero algunos de ellos han tenido mucho recorrido público. Fue el Gobierno que dirigía José María Aznar el que decidió indultar al entonces magistrado Javier Gómez de Liaño tras su condena de inhabilitación por prevaricar en el denominado 'caso Sogecable', y lo hizo con el informe en contra del Tribunal Supremo y favorable de la Fiscalía.

Javier Gómez de Liaño en una imagen de archivo

Javier Gómez de Liaño en una imagen de archivo / EuropaPress

Javier Gómez de Liaño en una imagen de archivo

Javier Gómez de Liaño en una imagen de archivo / EuropaPress

El banquero Alfredo Sáenz

En 2011 el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero tomó la decisión de indultar al banquero y economista Alfredo Sáenz, condenado en firme por encabezar una denuncia falsa contra varios empresarios a seis meses de cárcel e inhabilitación. Su indulto se llevó a cabo con la opinión en contra de los tribunales y, de hecho, sufrió un revés judicial cuando el Tribunal Supremo tumbó parte de sus efectos en 2013 manteniendo sus antecedentes penales, movimiento del Ejecutivo que permitía que siguiera ejerciendo como banquero.

El banquero y economista Alfredo Sáenz en una imagen de archivo

El banquero y economista Alfredo Sáenz en una imagen de archivo / EFE

El banquero y economista Alfredo Sáenz en una imagen de archivo

El banquero y economista Alfredo Sáenz en una imagen de archivo / EFE

El kamikaze de Valencia

Ese mismo año 2013 el ejecutivo de Mariano Rajoy firmaba el indulto del kamikaze de Valencia, condenado por conducir en dirección contraria por la AP-7 y acabar con la vida de un joven de 25 años, un criminal defendido por el despacho del hijo del ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. Un indulto concedido con la opinión contraria de la Audiencia de Valencia y también de la Fiscalía y que fue posteriormente anulado por el Tribunal Supremo: esta sentencia del alto tribunal, del pleno de la sala de lo contencioso, sentó las bases para exigir una mayor precisión al Gobierno sobre las razones de justicia, equidad y utilidad pública a la hora de conceder indultos.

 
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