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Asesinatos

El Supremo condena por asesinato a un hombre tutelado por la Comunidad de Madrid

En julio de 2016 asesinó al dueño de una pensión de Madrid donde se hospedaba y atacó a dos hombres más

El condenado padece un trastorno orgánico de personalidad y en ese momento estaba tutelado por la Agencia Madrileña de Tutela de Adultos, considerada responsable civil subsidiaria

Los jueces confirman una condena de 12 años de prisión para él

Efectivos policiales y de Emergencias atienden a las víctimas en el lugar de los hechos en julio de 2016 / Emergencias Madrid

Efectivos policiales y de Emergencias atienden a las víctimas en el lugar de los hechos en julio de 2016

Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de doce años de cárcel a un hombre que en el verano de 2016 asesinó de una cuchillada al dueño de la pensión de Madrid en la que se hospedaba, hiriendo a otros dos inquilinos en la pelea. El asesino padece un trastorno orgánico de la personalidad y en ese momento estaba tutelado por la Comunidad de Madrid y su Agencia de Tutela de Adultos, que es condenada como responsable civil subsidiaria.

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Lo hechos ocurrieron en julio de 2016 en una pensión del centro de Madrid de la calle Concepción Jerónima, cercana a la Plaza Mayor. El acusado discutió con el dueño del negocio y le atacó con un cuchillo y una navaja que había sacado de su habitación: la víctima, que tenía entonces ochenta años, murió en el Hospital 12 de Octubre por una puñalada en el pecho. Acto seguido el asesino apuñaló a dos inquilinos más que sobrevivieron al ataque.

Tal y como reflejan las distintas sentencias del caso, el condenado tenía entonces 55 años, padecía un trastorno orgánico de la personalidad y ya había sido condenado a diez años de cárcel por un homicidio en 1981. En el momento de los hechos estaba tutelado por la Agencia Madrileña de Tutela de Adultos, organismo dependiente de la Consejería de Asuntos Sociales: según alegó su defensa era consumidor de drogas y no estaba bajo ningún tipo de control psiquiátrico. La administración regional, dijo en uno de sus recursos, "conocía de su situación y no actuó con la debida cautela". 

En un primer momento la Audiencia Provincial le impuso trece años y medio de cárcel, condena rebajada posteriormente a doce años de prisión por el Tribunal Superior de Justicia en una decisión que acaba de confirmar la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Los jueces han rechazado el recurso del condenado, que reclamaba la absolución o que se le eximiera de responsabilidad penal por el trastorno que padece.

Una "notable diferencia de fuerzas"

Lo primero que hace el Tribunal Supremo, con la magistrada Carmen Lamela como ponente, es confirmar que se aplicase la circunstancia agravante de abuso de superioridad, al utilizar un cuchillo y una navaja contra víctimas desprevenidas y desarmadas: existió "una notable diferencia de fuerzas entre el acusado y sus víctimas, aprovechándose aquel de forma intencionada de esa superioridad que fue buscada por el propio acusado". También avala que el testimonio de los supervivientes es más que suficiente para considerarle autor de los apuñalamientos.

Los jueces de la sala de lo penal también rechazan que se deba aplicar una eximente completa de enajenación mental por el trastorno orgánico de la personalidad que padece. Para el tribunal, estas alteraciones "afectan de forma grave persistentes a sus capacidades cognitivas y volitivas", por lo que "no las anulan" y "no puede ser apreciada la eximente completa".

La Justicia también ha establecido que el condenado debe indemnizar con más de 100.000 euros a sus víctimas y la familia del fallecido, considerando a la aseguradora de la Comunidad de Madrid responsable civil directa y a la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos como responsable civil subsidiaria.

 
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