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Resistencia Galega

Absueltos doce independentistas gallegos acusados de enaltecer el terrorismo de Resistencia Galega

La Audiencia Nacional no encuentra pruebas de que Ceive y Causa Galiza enaltezcan el terrorismo de Resistencia Galega

Los acusados durante el juicio en la Audiencia Nacional en octubre / EFE

Los acusados durante el juicio en la Audiencia Nacional en octubre

Madrid

La Audiencia Nacional ha decidido absolver a doce miembros de dos asociaciones independentistas gallegas acusados por la Fiscalía de enaltecerla actividad terrorista del grupo Resistencia Galega. Los jueces explican en su sentencia que no encuentran pruebas que conecten a Ceivar y Causa Galiza con la organización terrorista y rechazan las acusaciones del Ministerio Público, que pedía para ellos condenas de entre cuatro y hasta doce años de cárcel.

Las detenciones empezaron en 2015 en el marco de la operación bautizada como 'Jaro': miembros de estas dos organizaciones fueron arrestados por la Guardia Civil en Lugo, Ourense, Pontevedra y A Coruña acusados de formar parte de un entramado de apoyo a la organización terrorista Resistencia Galega, acusados también de organizar homenajes a sus presos y enaltecer sus atentados. La Fiscalía pidió para ellos condenas desde los cuatro hasta los doce años de presidio por enaltecimiento y por pertenecer a la organización terrorista.

Unas acusaciones que tira por tierra la Audiencia Nacional, con la magistrada María Teresa García como ponente, en una sentencia que analiza la trayectoria de ambas asociaciones y las actividades que, según la Guardia Civil y la Fiscalía, merecieron la acusación de delitos de terrorismo cuando el titular del juzgado 6 de la Audiencia Nacional era el magistrado Eloy Velasco.

Para los jueces ni Resistencia Galega tiene una actividad terrorista actual ni la actividad de ambas asociaciones, abiertamente independentistas, han realizado un llamamiento a la violencia o ensalzado los atentados, sin que tampoco hay delito en los recibimientos realizados a presos del grupo terrorista cuando abandonaban las cárceles. Explica la sentencia que "resulta innegable la inmersión de ambas asociaciones en el ámbito de la lucha independentista" pero "no puede entenderse que fuera la finalidad de tales asociaciones la de llevar a cabo actos de enaltecimiento con relevancia criminal".

No hubo llamamiento a la violencia

La Audiencia Nacional concluye en su resolución que "tales comportamientos, en las circunstancias que hemos señalado, y en ausencia de un movimiento violento de carácter terrorista efectivo al tiempo que se desarrollaban tales actividades" por parte de ambas organizaciones "y no acreditada la existencia de un llamamiento a la violencia" por su parte "no permite alcanzar" las conclusiones de la Fiscalía en cuanto a si formaban parte de Resistencia Galega.

Miembros de Ceivar en una imagen de archivo

Miembros de Ceivar en una imagen de archivo / EFE

Miembros de Ceivar en una imagen de archivo

Miembros de Ceivar en una imagen de archivo / EFE

"Se limitaban a manifestar la solidaridad con las personas detenidas y buscadas, o a expresar la alegría por la puesta en libertad de los que cumplieron sus condenas", dice la Audiencia Nacional sobre los recibimientos a miembros de Resistencia Galega, aunque "sin perjuicio de que la asociación o alguno de sus miembros participara en actos de recibimiento a presos condenados por delitos relacionados con actividades de carácter violento o terrorista o acciones de protesta con ocasión de la celebración de juicios contra dichas personas y participa en campañas para reclamar el acercamiento de presos gallegos al territorio de la comunidad autónoma".

 
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