Tribunales | Actualidad
Audiencia de Madrid

La justicia confirma la absolución de Willy Toledo por arremeter contra 'dios, la virgen y la hispanidad'

La Audiencia Provincial de Madrid rechaza el recurso de la Asociación de Abogados Cristianos que acusaba al actor de un supuesto delito de ofensa a los sentimientos religiosos

Imagen de archivo del actor Willy Toledo recibido por un grupo de concentrados en su apoyo, junto al juzgado de lo Penal número 26 de Madrid / Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo (EUROPA PRESS)

Imagen de archivo del actor Willy Toledo recibido por un grupo de concentrados en su apoyo, junto al juzgado de lo Penal número 26 de Madrid

Madrid

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la absolución del actor Willy Toledo y ratifica así la absolución del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid que le juzgó por supuestos delitos contra los sentimientos religiosos tras haber cargado contra la fiesta nacional del 12 de octubre e insultado a Dios, la Virgen y defender a tres mujeres que pasearon una gran vagina por las calles de Sevilla en 2014 en la llamada procesión "del coño insumiso".

La denuncia fue interpuesta por la Asociación de Abogados Cristianos contra los mensajes publicados en la cuenta de Facebook del actor donde escribió frases como "Yo me cago en dios, y me sobra mierda para cagarme en el dogma de 'la santidad y virginidad de la Virgen María'. Este país es una vergüenza insoportable. Me puede el asco. iros a la mierda".

El fallo del juzgado madrileño, a fecha del pasado 21 de febrero, señalaba que a pesar de la "falta de educación", "mal gusto y lenguaje soez" de Willy Toledo no incurría en un delito de obstrucción a la justicia, del que le acusaba la asociación cristiana, ni contra los sentimientos religiosos al no apreciar intención y propósito manifiesto.

Ahora, la Audiencia ratifica que el hecho de que "el acusado ataque a otras instituciones y personas demuestra su no intención de ofender los sentimientos religiosos, ya que lo que indica es su intención de ofender a una multitud". Y "se ha de tener en cuenta" - continúa el fallo- "que las dos publicaciones se realizan en su perfil de Facebook, por lo que se entiende que iban dirigidas a sus seguidores, y personas que compartan las ideas del acusado y el gusto por su especial estilo literario".

"La sentencia impugnada" señala también el escrito "valora el informe que llegó a hacer la Dirección General de la Policía "y nada aporta a la acreditacion de la concurrencia del tipo penal".

En el juicio, Toledo aseguró que no pretendía ofender los sentimientos religiosos aunque en declaraciones a los medios reiteró que seguiría "cagándose en la virgen". La Asocación de Abogados Cristianos solicitaba una pena de doce meses de multa (seis meses de prisión en caso de impago) y la decisión puede ser recurrida ante el Supremo en un plazo de diez días.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00