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Josep Lluís Trapero

De la Audiencia al Supremo: ¿Qué pasó con los Mossos el 1-O?

El Supremo no entró a inculpar a Trapero, pero sí declaró probado que el Govern utilizó a los Mossos para que fueran permisivos con el referéndum ilegal

La Audiencia Nacional rechaza cualquier vínculo entre el dispositivo de los Mossos y el plan independentista

El exmayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero / Pool - Archivo (EUROPA PRESS)

El exmayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero

Madrid

Es posible que la absolución de Josep Lluís Trapero termine en el Tribunal Supremo previo paso por la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional. El tribunal que le juzgó por sedición ha decidido absolverle, entendiendo que no formó parte de ninguna estrategia de los líderes políticos independentistas para sacar adelante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y que ese día los Mossos d'Esquadra, salvo algunas excepciones, hicieron lo que pudieron lo mejor que supieron.

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El Tribunal Supremo dictó sentencia hace un año contra los líderes políticos del Govern avalando el testimonio de Trapero aunque declarando probado que el ejecutivo que dirigía Carles Puigdemont instrumentalizó a la policía autonómica para que fuera permisiva con las urnas. Los jueces del alto tribunal no entraron a examinar en ningún momento el papel de Trapero, al no ser acusado en este proceso, pero en el futuro tendrán que decidir si las afirmaciones de la Audiencia Nacional encajan con las del Tribunal Supremo.

Para la Audiencia Nacional, las pruebas "desacreditan la hipótesis de que Trapero se hubiera puesto de acuerdo con los responsables del proyecto independentista, comprometiendo al cuerpo de Mossos d'Esquadra" y que ese 1-O "lejos de obstaculizar la operativa" de Policía y Guardia Civil "prestó la colaboración que pidieron" que, si no funcionó, fue "por las circunstancias" con la presencia de miles de personas.

El Supremo no puntualizó el papel de Trapero al no estar acusado en esa causa pero sí declaró probado que Joaquim Forn fue puesto al frente de la consellería de Interior para "asegurar que la Policía autonómica no frustrase la realización del referéndum". Trapero les pidió incluso desconvocar el referéndum por el peligro que entrañaba pero, según el Supremo, los Mossos seguían órdenes cuando no actuaban de forma más contundente en los colegio declarados electorales.

"Garantizar" el referéndum

El Supremo, que cargó todo esto en las espaldas de Forn al no estar Trapero acusado, declaró probado que el "verdadero propósito" del conseller era que la actuación de los Mossos "no constituyera un riesgo para el objetivo" de celebrar el referéndum y que estuvo "tuvo como efecto que los centros no fueran sustraídos a la disponibilidad de los ciudadanos llamados a movilizarse para gestionar y hacer posible la jornada de votación". 

Para el Supremo "la finalidad era precisamente hacer posible su mantenimiento en condiciones de disponibilidad para la logística de la votación. Posibilidad garantizada porque la fuerza policial de Mossos, dependiente política y administrativamente del acusado Sr Forn, se limitó a constatar el hecho". Los hechos probados añadían que "los Mossos no interfirieron la emisión de votos, más allá de alguna actuación aparente y en un mínimo número de centros. En algunos casos, llegaron incluso a recoger, hacerse cargo y trasladar material electoral".

"¿Cuál era la decisión adecuada?"

La sala de apelaciones de la Audiencia y, salvo sorpresa, el Supremo en última instancia si la Fiscalía decide recurrir tendrán que analizar cómo encajan ambos relatos de hechos probados y dónde encaja la conducta de Trapero. Para la Audiencia Nacional "no se ha acreditado" que los cuatro mandos ahora absueltos "hubieran tratado de impedir o dificultar el cumplimiento de las resoluciones" judiciales y fiscales, ni tampoco "que se hubieran puesto de acuerdo con quienes lideraban el proceso independentista ni que hubieran apoyado sus actos propiciando la pasividad de la policía autonómica".

La Audiencia Nacional tampoco declara probado que Trapero "informara a los dirigentes del procés de las investigaciones policiales y judiciales que estaban llevando a cabo" y sí avala la línea de actuación desplegada por los Mossos ese día: los jueces llegan a preguntarse que "¿cuál era la decisión adecuada? ¿Desalojar violentamente los locales? ¿Enviar a las unidades de orden público a retirar abuelos, padres y niños del interior de colegios?" y contestan asegurando que los Mossos "aplicaron los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad".

De haberse hecho de otra manera, sigue la Audiencia, "con total seguridad se habrían producido incidentes con alteración del orden público" y concluyen que "la estrategia de los independentistas no permitía seguramente otra respuesta policial razonable o, al menos las disposiciones ordenadas por el major Trapero no pueden considerarse ilógicas ante tal excepcional situación".

 
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