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Tribunal Estrasburgo

Estrasburgo condena a España por violencia policial en la carga en la convención del PP en Valladolid de 2014

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falla tras la denuncia de una mujer que fue golpeada y sufre "incapacidad permanente" por las lesiones provocadas

Enfrentamiento entre los manifestantes y la Policía en las protestas en Valladolid en 2014 durante la celebración de la convención nacional del PP. / CESAR MANSO/AFP via Getty Images

Enfrentamiento entre los manifestantes y la Policía en las protestas en Valladolid en 2014 durante la celebración de la convención nacional del PP.

París

La Corte Europea de Derechos Humanos (TEDH) condena a España por las violencias policiales ejercidas por los agentes en una manifestación pacífica en Valladolid en 2014 que provocaron la "incapacidad permanente" a una de las manifestantes.

Los jueces por unanimidad consideran que "hubo violación del artículo 11 relativo a la libertad de reunión y asociación" de la Convención europea de derechos humanos .

El Tribunal juzga en particular que "la manifestación espontánea era pacífica hasta que comenzó la dispersión de la policía y que la denunciante, Montserrat Laguna Guzmán, no fue detenida ni perseguida por violencias.

El uso de la fuerza por la policía "fue injustificado y por tanto desproporcionado a ojos de la querellante" que fue golpeada con una porra y tuvo que ser trasladada a un hospital con heridas en la cabeza, la boca y una mano.

En 2016 el Instituto de Medicina Legal de Valladolid determinó que Guzmán tenía "una incapacidad permanente" a causa de las lesiones provocadas por los agentes.

Los tribunales españoles desecharon el proceso penal contra la policía al considerar que no habían tenido más remedio que usar la fuerza en una situación de desórdenes públicos. Guzmán recurrió el amparo del Tribunal Constitucional pero no fue admitido a trámite.

Hubo en cambio procesos penales contra tres manifestantes, si bien fueron absueltos en 2018. El juez sentenció que los acusados habían sido reprimidos sin que mediara aviso policial y pese a que no bloquearon el tráfico ni se enfrentaron a los agentes. Este fallo fue tenido en cuenta por la Audiencia Nacional que falló contra el Ministerio del Interior para que indemnizara a Guzmán con 10.000 euros.

La manifestación autorizada origen de la denuncia tuvo lugar en febrero de 2014. Protestaban contra los recortes presupuestarios y el paro. Una vez terminada, un grupo de medio centenar de personas continuó una marcha espontánea y se detuvo ante un restaurante donde había unos políticos comiendo y desplegaron una pancarta en la que se leía " stop a la criminalización de la protesta social". La denunciante era una de las personas que sostenían la pancarta.

Ahora, el tribunal europeo condena a España a indemnizarla con 248,10 euros, en concepto de honorarios y gastos, al no haberla protegido de su derecho a la libertad de reunión y de asociación, recogido en el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

 
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