Tribunales | Actualidad
Coronavirus Covid-19

Un juez confina a toda una familia que se negaba a aislarse por el positivo en coronavirus de uno de ellos

El juez obliga también a guardar la cuarentena a otras cinco personas que viven con él, entre ellas dos menores y un bebé

Protesta de los antimascarilla en Barcelona. / Paco Freire/SOPA Images/LightRocket via Getty Images

Protesta de los antimascarilla en Barcelona.

Barcelona

Un juez ha autorizado al Ayuntamiento de Mataró (Barcelona) a confinar a un vecino de la población que se ha negado a aislarse tras dar positivo en la prueba de coronavirus y a otras cinco personas que viven con él, entre ellas dos menores y un bebé.

En un auto, el juzgado de lo contencioso número 14 de Barcelona ha ratificado el paquete de medidas aprobadas por el Ayuntamiento de Mataró el pasado lunes, que incluyen el aislamiento del contagiado y de las personas que conviven con él y su sometimiento obligatorio a pruebas de detección del coronavirus para averiguar si también están infectados.

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El aislamiento que ha avalado el juez, en un auto que puede ser recurrido, se prolongará durante al menos catorce días o el tiempo que las autoridades sanitarias estimen necesario para que dejen de suponer un riesgo para la salud pública.

Además de negarse al confinamiento, la persona contagiada y el resto de domiciliados en su casa no han querido a facilitar su identidad al Ayuntamiento de Mataró de forma reiterada, según consta en el auto judicial.

El juzgado ha confirmado las medidas adoptadas por el consistorio, aunque considera que estas se han planteado en unos términos "excesivamente amplios", puesto que son "inconcretos" tanto el lugar donde se llevará a cabo el confinamiento como su duración, que "se hacen depender de decisiones ulteriores de las autoridades sanitarias".

Por ese motivo, obliga al Ayuntamiento y a las autoridades sanitarias a informar al juzgado de "cualquier decisión o informe que afecte a los condiciones de aislamiento y cuarentena" de los afectados, a su duración o al lugar donde se lleve a cabo.

En su auto, el juez razona que los ayuntamientos tienen competencias para adoptar medidas de restricción de derechos por motivos de salud pública y, aunque admite que suponen "una injerencia en derechos fundamentales", las considera "razonables" teniendo en cuenta la situación pandémica actual. 

 
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