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España violó el derecho a apelación ante un tribunal superior en materia penal en el caso Saquetti

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) multa con 153.000 euros a España por "los daños morales causados" a un ciudadano a quien no se le permitió presentar un recurso después de ser sancionado por no declarar dinero en la aduana

El hall principal del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo / FREDERICK FLORIN (Getty Images)

El hall principal del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo

Madrid

El Tribunal de Estrasburgo ha declarado que España ha vulnerado el artículo 2 del protocolo n. 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que se refiere al derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal.

153.000 euros

Se trataba de una sanción administrativa, una multa de 153.000 euros por una infracción del deber de declarar dinero en aduana, cuya legalidad fue confirmada por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sin que cupiera recurso de casación por razón de la cuantía.

La sentencia Saquetti Iglesias razona que, a pesar de tratarse de una infracción sancionada con multa impuesta por una autoridad administrativa, debe ser conceptuada como una “infracción penal” a los efectos del Convenio Europeo, dada su naturaleza y entidad.

Inadmitido

El interesado había presentado recurso de amparo contra la sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo de Madrid, pero fue inadmitido por providencia de la Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, de 29 de abril de 2013, con el argumento de que no había justificado la especial trascendencia constitucional del caso.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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