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El Tribunal Supremo refuerza el blindaje del derecho a la cesta de Navidad

Explica en su sexta sentencia sobre el asunto que tardar varios años en reclamarla no elimina este derecho

Reconoce el derecho de los trabajadores de Fujitsu a recibir la cesta de Navidad de 2016

Getty Images

Madrid

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que blinda el derecho de los trabajadores a recibir la cesta de Navidad si se ha conertido en una tradición asentada en la empresa. Los jueces reconocen esta posibilidad a los trabajadores de Fujitsu en España con respecto a la cesta de 2016 y añaden, en su sexta sentencia sobre este asunto, que tardar varios años en empezar a reclamar las viandas tampoco elimina este derecho.

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Según relata la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey, la empresa dejó en enviar la cesta en 2013 después de varias décadas y alegando un plan de reducción de costes. Hasta entonces sólo en las Navidades de 1997 la cesta había sido sustituida por un cheque regalo.

Los sindicatos tardaron varios años en plantear el asunto a través de una demanda pero explican los jueces que "lo que la empresa decidió en 2013 tenía una clara vocación coyuntural, al ceñir de modo expreso la medida a dicha anualidad". Además, añade la sentencia, para entonces la cesta ya era "una condición de trabajo que estaba incorporada al contrato de trabajo de los trabajadores afectados".

Se trata de la sexta sentencia que dicta el Tribunal Supremo sobre este asunto, recordando que "no puede fijarse un criterio general para todos los casos", debiendo analizar si se ha convertido en un derecho adquirido como condición más beneficiosa o si es "una mera liberalidad de la empresa". Hasta la fecha cinco sentencias han reconocido que en cinco empresas ya se había convertido en un derecho mientras que en otra no había pasado de ser algo anecdótico.

 
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