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Reclaman a Mediaset casi 300.000 euros por emplazamiento del producto

'Viva la vida' y 'First Dates', los dos programas que han incumplido con lo establecido por ley

Toñi Moreno, primera presentadora de 'Viva la vida' / Mediaset España

Toñi Moreno, primera presentadora de 'Viva la vida'

Madrid

Si ayer te contábamos que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia había multado a RTVE por exceder el tiempo permitido de autopromociones, hoy le toca pasar el sofocón a Mediaset. Y es que la CNMC ha comunicado este martes, 6 de agosto, la sanción al grupo de comunicación "por incumplimiento de lo establecido para el emplazamiento de producto en los programas de televisión 'Viva la Vida', de Telecinco, y 'First Dates: San Valentín', en Cuatro".

Tal y como señala el órgano competente, ambos programas vulneran lo dispuesto en el artículo 17.2 y 3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) y están tipificadas como infracciones administrativas graves.

Por un lado, Telecinco ha vulnerado dicho artículo por el emplazamiento de unas zapatillas de una determinada marca en 'Viva la vida' el pasado 22 de septiembre de 2018. La multa impuesta por esta infracción es de 130.964 euros.

La otra conducta irregular se produjo en el programa 'First Dates: San Valentín' el 11 de febrero de 2019, emitido en Cuatro. En este caso, se realizó el emplazamiento de producto de una marca de caramelos. En este caso, la sanción es de 146.926 euros.

¿Qué es el emplazamiento del producto?

El emplazamiento de producto consiste en incluir, mostrar o referirse a un producto para que figure en un programa. La normativa en este sentido es muy clara. El artículo 17.2 señala que "el público debe ser claramente informado del emplazamiento de producto al principio y al final del programa, y cuando se reanude tras una pausa publicitaria".

Y el apartado tres del artículo 17 señala que el emplazamiento "no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia editorial el prestador del servicio de comunicación audiovisual. Tampoco puede incitar directamente la compra o arrendamientos de bienes o servicios, realizar promociones concretas de éstos o dar prominencia indebida del producto".

 
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