La Justicia abronca al Servicio Público de Empleo por negar ayudas a una víctima de violencia de género
Una sentencia obliga al SEPE a conceder la Renta Activa de Inserción a una mujer cuyo exmarido fue condenado por injurias
Los jueces recuerdan que "ser víctima de violencia de género no es una situación, es un estado"
Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido obligar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a conceder la Renta Activa de Inserción a una víctima de violencia de género, ayuda que le fue negada en un primer momento a pesar de que su condición de víctima queda acreditada a través de una sentencia firme contra su exmarido. Los jueces rechazan que pueda negarse esta ayuda, aunque haya pasado el tiempo: “Ser víctima de violencia de género no es una situación, sino una cualidad o estado que se anuda a la esencia de la persona”, dice la sentencia.
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Según la documentación judicial del caso, un juzgado de violencia sobre la mujer de la localidad madrileña de Collado Villalba condenó al exmarido de esta mujer en mayo de 2014 por una falta de injurias y un mes más tarde dictó sentencia de divorcio. El SEPE, dependiente del Ministerio de Trabajo, le concedió el acceso a la Renta Activa de Inserción en 2016 pero decidió negársela a finales de 2017 al entender que su condición de víctima no había quedado acreditada.
Primero fue el juzgado de lo social número 12 de Madrid el que dio la razón a la mujer y ahora es el Tribunal Superior de Justicia, en una sentencia todavía recurrible, el que confirma la condena del SEPE a conceder esta ayuda pública a la víctima. Una ayuda que, recuerda esta sentencia, sí le fue concedida en el año 2016.
Entre otros argumentos, la sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Juan Miguel Torres explica que una mujer no pierde su condición de víctima aunque hayan pasado, como en este caso, tres años entre la sentencia firme y la segunda solicitud: “Ser víctima de violencia de género no es una situación, sino una cualidad o estado que se anuda a la esencia de la persona” algo que, mientras no se demuestre lo contrario, “acompaña a quien la sufrió”.
30.000 ayudas al año
Según los datos obrantes en la sección de estadística del Ministerio de Presidencia, el SEPE ha concedido casi 350.000 de estas ayudas en los últimos doce años siendo 2015 el año en que más mujeres se acogieron a esta Renta Activa de Inserción con más de 34.600 personas. Para acceder a esta ayuda, una víctima de violencia de género o doméstica debe acreditar su condición de víctima además de cumplir el resto de requisitos: estar desempleada, suscribir compromiso de actividad, ser menor de 65 años y no tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado varias veces en el pasado sobre casos como éste, con la sentencia de referencia dictada en 2013, cuando dio la razón a una mujer asturiana en paro cuyo ex tenía una orden de alejamiento de 300 metros: “A la demandante solo se le exige tener acreditada por la Administración competente la condición de víctima y tal condición queda acreditada indiciariamente mediante la referida resolución judicial”, explicaron ya entonces los jueces de lo social.