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La Fiscalía General del Estado realizará una lista personalizada de los fiscales que secundan la huelga

Consuelo Madrigal regula la jornada de huelga "a pesar de que no existen leyes que le permitan fijar los servicios mínimos" para evitar daños irreparables en los derechos de los ciudadanos

La Fiscal General del Estado, María José Segarra / Europa Press

Madrid

El decreto dictado este domingo tiene el doble fin de fijar los servicios mínimos de los fiscales, frente a los juicios y el resto de actuaciones judiciales y comprobar el seguimiento de la jornada de huelga, dice la orden dictada por Segarra aunque reconoce que "el decreto de huelga proclamado el artículo 28.2 de la Constitución para todos los trabajadores no sido objeto del desarrollo normativo en relación a la carrera fiscal y por tanto, la Fiscalía General del Estado estima que no existe regulación que ampare de manera adecuada su condición de autoridad legitimada para fijar los servicios mínimos".

Ante esta situación la fiscalía general se ve obligada a asegurar por parte del ministerio fiscal "las actuaciones judiciales y fiscales que resulten urgentes o inaplazables y afecten con inminencia a derechos fundamentales evitando así que se produzcan daños irreparables".

La lista de los jefes

El decreto ordena que "los fiscales jefe de cada Fiscalía serán quienes recaben la información sobre el impacto del paro en las plantillas, y lo harán recibiendo las comunicaciones de huelga que reciban, elaborando "una relación nominativa" de quienes les han manifestado su adhesión y remitiendo la lista a su inmediato superior jerárquico antes de las 16:00 horas del lunes". Mientras "las comunicaciones de adhesión recibidas de los Fiscales deberán ser custodiadas en cada Fiscalía a disposición de la Inspección Fiscal".

Causas con preso

La Fiscalía excluye de los servicios mínimos los juicios rápidos y aquellos por delitos leves que no tengan una persona en prisión, aunque versen sobre violencia de género. El decreto parte de que los fiscales Jefe "arbitrarán medidas" para "asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales" en "cualquier actuación en que la falta de intervención del miembro del Ministerio Fiscal en el día de la huelga pueda causar perjuicios irreparables para los derechos de los ciudadanos".

En el marco del orden jurisdiccional penal, vigilancia penitenciaria, reforma de menores y violencia doméstica y sobre la mujer, señala que el fiscal habrá de estar presente en "actuaciones con personas privadas de libertad y otras que resulten inaplazables" si bien "no se considerarán como tales la intervención en juicios inmediatos por delitos leves ni los juicios rápidos por delito en los que no" haya personas en la cárcel.

Concreta así que, en general, deberá tener cobertura "cualquier actuación en procedimiento con un interviniente privado de libertad", en "órdenes de protección y cualesquiera medidas cautelares a adoptar en protección víctimas y en relación con menores" y las "actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria cuya falta de despacho perjudique definitivamente los derechos de los internos".

Contencioso

En cuanto al orden jurisdiccional contencioso administrativo, el decreto de la fiscal María José Segarra señala que deberán ser atendidas las autorizaciones de entrada "fundadas en motivos sanitarios que resulten urgentes o inaplazables". Entran en este capítulo también los recursos contenciosos electorales, que deberán tener presencia de un fiscal.

Igualmente y aplicable también al orden de lo social, se deberá garantizar la intervención de fiscales "en procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales" y cuyo aplazamiento fuera del día de la huelga "impediría o haría muy gravosa la obtención de la tutela judicial reclamada".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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