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Juan Carlos I

Multa de 900 euros por amenazar con decapitar al Rey Juan Carlos en Facebook

La sección primera de lo penal de la Audiencia Nacional confirma la condena por un delito de injurias a la corona contra un hombre por escribir en su Facebook “hace días ke hubiera cortado la cabeza al mal parido”, refiriéndose al monarca emérito

Imagen de archivo de una imagen del Rey emérito ardiendo / Getty Images

Imagen de archivo de una imagen del Rey emérito ardiendo

Madrid

La Audiencia Nacional ha confirmado la multa de 900 euros impuesta a un usuario de Facebook que colgó una foto del Rey emérito, Juan Carlos I, junto con el mensaje “hace días ke hubiera cortado la cabeza al mal parido”. Los magistrados consideran que esa frase “es caldo de cultivo de un clima de odio hacia el monarca” y confirma su condena, todavía recurrible ante el Tribunal Supremo, por un delito de injurias a la corona.

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Según el relato de hechos probados, el condenado colgó en su cuenta de Facebook una imagen de un cuadro de Juan Carlos I que preside el salón real de Parador Nacional de Turismo de Santiago de Compostela con varios mensajes, entre ellos uno en el que aseguraba que “hace días ke hubiera cortado la cabeza al mal parido de la imagen. Tengo oportunidad y medios... es cuestión de segundos...tic tac plato pum...un gran traidor sin cabeza menos”, refiriéndose al monarca emérito.

Primero fue el juzgado central de lo penal de la Audiencia Nacional el que decidió imponerle una multa de 900 euros y ahora es la sección primera la que confirma esta condena por un delito de injurias contra la corona. Las magistradas Concepción Espejel y Manuela Fernández Prado y el magistrado Nicolás Poveda definen el mensaje enjuiciado como "una serie de insultos y exabruptos, sin conexión con nada que permita identificar una crítica política y unas frases sobre la dignidad perdida".

  • EL MENSAJE DE FACEBOOK

Frases que "aunque podría aceptarse que se limitan a ser exabruptos, de escasa relevancia penal, sin embargo, la parte final del mensaje ya se encuentra fuera de lo que puede resultar aceptable", refiriéndose al comentario que habla de decapitar al monarca emérito.

La doctrina europea

La sentencia de la sección primera de lo penal, dictada a finales del pasado mes de abril, llega en plena retirada de la Audiencia Nacional en este tipo de acusaciones después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo haya condenado a España por castigar con cárcel la quema de fotos del Rey. El pasado mes de marzo, la Justicia europea ordenó indemnizar con más de 10.000 euros a dos independentistas catalanes condenados por quemar un retrato de los monarcas eméritos en vísperas de una visita de ambos a Girona en 2007.

Estrasburgo censuró la condena de 15 meses de cárcel que les impuso la Justicia española afirmando que quemar fotos del Rey formaba parte de la “crítica política o disidencia”, y la reacción no se hizo esperar en la Audiencia Nacional: la sección cuarta revocó la multa impuesta al precursor de la pitada al himno y al Rey Felipe VI en la final de Copa del Rey de 2015, y el juez José de la Mata decidió archivar la causa abierta contra una joven que quemó una foto del monarca en la localidad gerundense de Banyoles el pasado mes de marzo.

La “protección penal” de la Corona

La sentencia de la Audiencia Nacional se hace eco de esta sentencia, pero desestima que estos comentarios sobre la posible decapitación del monarca emérito puedan ser despenalizados bajo el paraguas de la doctrina europea: “Nos encontramos con un mensaje que es caldo de cultivo de un clima de odio hacia el Monarca, que trata de promover acciones violentas contra él, al presentarlas como aceptables, deseables y sobre todo como posibles”, dice la sentencia, explicando que según su criterio estos hechos “superan la libertad de expresión y la legítima crítica política”.

Quema de una foto de los reyes eméritos en 2007 en Girona

Quema de una foto de los reyes eméritos en 2007 en Girona / EFE

Quema de una foto de los reyes eméritos en 2007 en Girona

Quema de una foto de los reyes eméritos en 2007 en Girona / EFE

Los jueces se hacen eco de la sentencia del TEDH y avalan la protección judicial específica de la que goza la monarquía española: “El bien jurídico protegido, por la posición constitucional otorgada a la Corona, no puede considerarse nimio o que no merezca protección penal”.

 
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