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Tribunal Constitucional

El Constitucional contesta a Iceta que "no hay lugar" al recurso para poner en marcha el reloj del Parlament

El pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el líder del PSC, Miquel Iceta, para que se deje en suspenso el aplazamiento del pleno de investidura y comience a contar el tiempo (dos meses) para la elección de presidente

(EFE)

Madrid

El pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el líder del PSC, Miquel Iceta, para que se deje en suspenso el aplazamiento del pleno de investidura y comience a contar el tiempo (dos meses) para la elección de presidente

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Los magistrados exigen el cumplimiento estricto de los trámites judiciales antes de admitir o resolver cualquier petición y en este caso, el recurso ampliatorio presentado por Iceta no puede ser admitido porque solicita la suspensión de una medida que no ha recurrido.

Es decir, se ha saltado un escalón en el proceso y pretende que se ejecute una medida urgente y cautelarísima, como es el aplazamiento del debate de investidura, cuando ni siquiera ha presentado formalmente un recurso contra la decisión del presidente del Parlament Roger Torrent de aplazar el pleno de investidura.

Iceta quiere que el TC valore la posibilidad de adoptar las medidas cautelares que permitan "poner en marcha el reloj o bien decida cuál es el camino para hacerlo". Una salida que podría acabar con luz verde para "la convocatoria de elecciones".

El Tribunal de Garantías ha iniciaod además el debate sobre el recurso de súplica presentado por Jordi Sánchez, en el que solicita que se revise y se anule la orden de prisión dictada contra el por la juez Carmen Lamela. Un recurso que ya fue rechazado por el Constitucional y que no parece probable que vaya a ser modificado, según reconocen fuentes de la Institución.

Otros asuntos que se han incluido en el orden del día del pleno de esta semana se refieren a la prórroga de varias decisiones de los jueces sobre el procés adoptadas mientras estaba aplicándose el artículo 155 de la Constitución.

El tribunal dejó en suspenso la deliberación sobre el fondo de estos casos mientras estuviera aplicándose el articulo 155, ya que oficialmente se requiere un informe de la parte afectada y esta (el Govern de la Generalitat) está en manos del Gobierno central.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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