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INMIGRACIÓN

Sin cuenta en el banco porque no tienen papeles

Es la situación en la que se encuentran miles de inmigrantes sin permiso de residencia y extranjeros que piden asilo en España. Para abrir una cuenta les exigen un contrato de trabajo que nadie les hace porque no tienen papeles

Sin cuenta en el banco porque no tienen papeles / EFE

Sin cuenta en el banco porque no tienen papeles

Madrid

Los inmigrantes en España, sin permiso de residencia, porque no han cumplido los tres años preceptivos para poderse acoger al arraigo, no pueden abrir una cuenta. Los bancos, en virtud de la ley de lucha contra el blanqueo de capitales, les exigen un contrato de trabajo que justifique sus ingresos, y al que no pueden acceder. La gravedad del tema ha llevado al PSOE a preguntar al gobierno sobre esta situación. Antonio Hurtado, vicepresidente de la Comisión de presupuestos denuncia las trabas que se le están poniendo a este colectivo. "Es una auténtica injusticia. Les piden un imposible a unas personas que ya de por sí lo tienen difícil y que no pueden hacer algo tan habitual como guardar ahorros , pagar facturas, domiciliar recibos , tener una tarjeta de crédito o recibir cualquier prestación o renta. Lo que no pueden hacer es guardar el dinero debajo de la losa de su casa o en su caja fuerte, porque ni tienen casa propia y están continuamente cambiando de lugar para encontrar trabajo precario y sumergido"

Inmigrantes sin papeles y cuentas bancarias

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"Derecho Universal" a tener una cuenta en el banco

Recientemente el consejo de Ministros aprobó un decreto ley, que supone la trasposición a la legislación española de una directiva europea, por el que se garantiza el derecho universal de acceso a una cuenta de pago básica. Pero el gobierno deja en manos de los bancos que puedan denegar la cuenta si el potencial cliente no entrega la información requerida en función del nivel de riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. En la respuesta dada por el gobierno al partido socialista se explica que "el establecimiento de relaciones contractuales entre una entidad de crédito y potencial cliente es una cuestión que, en principio, se circunscribe a la esfera particular de ambas partes, siempre dentro del principio de la libertad de contratación que inspira el ordenamiento jurídico".

 
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