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Carles Puigdemont

Catedráticos constitucionalistas discrepan de Sáenz de Santamaría sobre los derechos de Puigdemont

A pesar de la fuga, Puigdemont tiene todos sus derechos políticos para poder ejercerlos, según explican varios catedráticos que apuntan a que será el juez quien determine una vez detenido el alcance de esos derechos como en el caso de Junqueras

El nombramiento de Puigdemont como candidato a presidir la Generalitat por parte del presidente de la mesa del Parlament, Roger Torrent, es perfectamente válido desde un punto de vista del derecho parlamentario.

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont (c) se dirige a los medios tras su reunión con el presidente del Parlamento autónomo, Roger Torrent, en Bruselas / STEPHANIE LECOCQ (EFE)

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont (c) se dirige a los medios tras su reunión con el presidente del Parlamento autónomo, Roger Torrent, en Bruselas

Madrid

Los catedráticos de Derecho Constitucional consultados por la Cadena SER discrepan de los argumentos de Soraya Sáenz de Santamaría en dos cuestiones fundamentales defendidas por la vicepresidenta del Gobierno. Primero, que Puigdemont "no tiene plenitud de sus derechos" por la orden de detención en España y que el president de la Mesa, Roger Torrent, "no puede proponer como candidato al señor Puigdemont" aunque si "puede proponer a otro".

Todos coinciden en que los derechos políticos de Puigdemont están intactos hasta que un juez o fallo judicial diga lo contrario. La catedrática constitucionalista de la UNED, Yolanda Gómez, asegura que "en estos momentos Puigdemont puede ejercer esos derechos, en la línea de la decisión del juez Pablo Llarena respecto de Oriol Junqueras, a quien ha permitido el voto delegado". Cosa distinta "es que regrese a España, sea detenido, y entonces será  la Justicia quien determine su ingreso en prisión" explica el catedrático Rafael de Agapito Serrano.

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Muy crítico se muestra el catedrático de Derecho Constitucional, Fernando Álvarez-Ossorio, que considera que con la respuesta del Gobierno al procés "hay riesgo de que salgan dañadas muchas instituciones".

En cuanto a la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución anunciado por el Gobierno para recurrir al Constitucional la investidura de Puigdemont, los expertos explican que el artículo le da el privilegio al Gobierno de que al instarlo se suspende automáticamente el acto que recurre de una Comunidad Autónoma. Fernando Álvarez-Ossorio cree que "es evidente que la única intención es suspender el acto de investidura de Puigdemont con independencia de que tenga derecho a ser propuesto".

Fernando Álvarez-Ossorio: "El Gobierno está haciendo un uso torticero de la Constitución"

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Un acto que califica de "fraude de la Constitución en la medida en que únicamente se busca evitar la investidura. El uso torticero del artículo constitucional pone en jaque a instituciones del Estado a las que las coloca en una situación constitucionalmente muy delicadas como puede ser el Consejo de Estado y el Tribunal Constituconal" sentencia.

Para Álvarez-Ossorio, los derechos "restringidos" de Puigdemont a los que ha hecho referencia Santamaría, "la orden de detención no lleva aparejada la pérdida de esos derechos, no los ha perdido en ningún momento y puede ser propuesto por la mayoría del parlamento y el presidente de la Mesa, Roger Ferrer, es un mero transmisor de esa mayoría parlamentaria".

El experto constitucionalista concluye que "el Gobierno está manoseando de tal forma la Constitución que podemos estar perdiendo razones frente a quienes han querido burlar precisamente el derecho".

 
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