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Pedro Sanz Alonso

El Supremo archiva por ahora la causa contra el senador Pedro Sanz por su chalé

El alto tribunal ha archivado la causa que le remitió el juzgado sin perjuicio de que éste continúe sus indagaciones

En enero de 2012 la parcela de Sanz estaba clasificada como suelo no urbanizable y se pidió licencia para "un cambio de tejas" y "cubrir 4 metros cuadrados de terraza para evitar las goteras". Pero el entonces presidente del Gobierno riojano y su esposa l / EFE / GOOGLE MAPS

En enero de 2012 la parcela de Sanz estaba clasificada como suelo no urbanizable y se pidió licencia para "un cambio de tejas" y "cubrir 4 metros cuadrados de terraza para evitar las goteras". Pero el entonces presidente del Gobierno riojano y su esposa l

Madrid

El Supremo no ha querido asumir por ahora el caso del chalé del vicepresidente del Senado y expresidente del Gobierno de La Rioja, Pedro Sanz, y le ha ordenado al Juzgado de Logroño que le remitió el expediente que siga investigando un presunto delito urbanístico en la ampliación de esa edificación.

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El alto tribunal ha archivado la causa que le remitió el juzgado sin perjuicio de que éste continúe sus indagaciones y, una vez practicadas las diligencias necesarias, eleve exposición razonada ante la Sala de lo Penal del Supremo haciendo constar los indicios concretos de hechos delictivos y la supuesta participación en ellos del implicado. De este modo, por ahora, el alto tribunal ha rechazado el expediente que le envió el juzgado, a quien ha recriminado que le enviara esas actuaciones sin acompañarlas de una adecuada "exposición razonada".

Dicha exposición, ha dicho el Supremo, es indispensable para que los magistrados del tribunal estudien el alcance de los hechos y su posible competencia sobre los mismos en función de la posible implicación del senador y, por tanto, aforado.

Posible delito urbanístico

El chalé en cuestión se encuentra en el municipio riojano de Villamediana y ha sido denunciado por un presunto delito urbanístico, situación que también afecta a otras 68 parcelas, todas ellas "legalizadas" luego a través del Plan General Municipal.

El auto del juzgado que remite el expediente a la Sala Segunda del Tribunal Supremo apunta un posible delito contra la ordenación del territorio y urbanismo tipificado en el Código Penal.

De él podría ser presunto autor Sanz, además de su esposa y la empresa constructora que efectuó la ampliación de la edificación, según el auto, que alude a la denuncia presentada por el Ayuntamiento de Villamediana por un presunto delito de prevaricación administrativa contra el exalcalde de este municipio Tomás Santolaya (PP), en cuyo mandato se aprobó el Plan General.

El auto, en sus fundamentos de derecho, indica que, en enero de 2012, se pidió licencia para, en la edificación de Sanz, efectuar "un cambio de tejas existentes por mal estado y cubrir 4 metros cuadrados de terraza para evitar las goteras".

En ese momento, la parcela de Sanz estaba clasificada como suelo no urbanizable, recuerda el auto, que añade que el entonces presidente del Gobierno riojano y su esposa llevaron a cabo obras "más complejas", como la ampliación de la superficie habitable de la primera planta de la vivienda en 23 metros cuadrados.

Establece que las obras ejecutadas "no eran legalizables" cuando se solicitó la licencia, según las normas urbanísticas vigentes en el momento de su ejecución.

Considera que "la aprobación posterior del Plan General Municipal de Villamediana, en 2013, que la legaliza, es sospechosa de ilicitud penal, según la denuncia", porque la decisión de clasificar el suelo en el que se ubicaba la parcela de Sanz como suelo urbanizable se produjo en una fase "muy ulterior" del procedimiento de aprobación y con "el exclusivo fin de favorecer sus intereses personales. Ello podría constituir prevaricación, dice el auto.

 
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