El listado de acusaciones para la fiscalía no está cerrado
La Fiscalía General del Estado espera a conocer quienes intervienen en la aprobación de la DUI para presentar la querella contra ellos
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El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, conversa con el vicepresidente, Oriol Junqueras (i). / Alberto Estévez (EFE)
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Madrid
La querella se presentará ante el Tribunal Supremo y contiene los elementos de prueba que demostrarían que el delito contra el Estado y la Constitución se ha cometido, no solo con el acto de hoy del Parlament sino de forma pertinaz desde que se aprobaron las leyes de desconexión, el pasado día seis de septiembre.
Más información
El escrito de la fiscalía prevé incluir a los miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña en el caso de que estos parlamentarios acordaran hoy llevar a votación la declaración unilateral de independencia (DUI). El listado de nombres se establecerá además contra cualquier miembro de la cámara que pudiendo impedir la votación, no lo haya impedido. También puede afectar en distinto grado a los miembros del Gobierno catalán e incluiría a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell.
La querella incluirá al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, el vicepresidente Oriol Junqueras y al resto de miembros del gobierno autonómico por la labor que están realizando para llevar a cabo su proyecto secesionista.
Querella al Supremo
La fiscalía ha estudiado ante qué tribunal debería presentar su querella y los informes técnicos apuntan a que debe ser el Tribunal Supremo por la condición de aforados de los diputados y porque el delito también se ha cometido presuntamente fuera de la comunidad autónoma por la ubicación de las páginas webs que se pusieron en marcha con ocasión del 1-O, por promover actos de campaña y mítines en otras ciudades españolas así como por celebrar conferencias y posiciones en las delegaciones de la Generalitat en el extranjero para explicar la DUI.
Según los artículos 57.2 y 70.2 del Estatuto de Cataluña corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) decidir sobre la inculpación, el procesamiento y el enjuiciamiento del presidente o de los consejeros, si bien "fuera del territorio de Cataluña la responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo".
La rebelión, castigada con hasta 30 años de prisión, se recoge en el artículo 472 del Código Penal e incluye varios supuestos de aplicación, entre ellos el de ser responsable de esta conducta quien se alzase "violenta y públicamente" para declarar la independencia de una parte del territorio nacional; derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución; o destituir o despojar de facultades al Rey, entre otros casos.
![Javier Álvarez](https://s3.amazonaws.com/arc-authors/prisaradio/08519f71-2729-4362-9728-820061e6f4fc.png)
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...