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Siniestralidad laboral

Condenado por homicidio imprudente el jefe de un trabajador que murió en una obra

La Audiencia de Madrid ha confirmado un año y diez meses de prisión para un empleador del sector de la construcción por la muerte de un trabajador en accidente de trabajo al que había contratado para reparar el techo de una nave en Leganés

El trabajador cayó desde un techo de nueve metros de altura / Getty Images

El trabajador cayó desde un techo de nueve metros de altura

Madrid

La Justicia ha condenado a un año y diez meses de prisión al responsable de una obra en una nave industrial de la localidad madrileña de Leganés en la que murió un trabajador tras caer al suelo desde ocho metros de altura. La Audiencia Provincial confirma que es responsable de sendos delitos de homicidio imprudente y contra los derechos de los trabajadores al carecer la obra, la reparación del tejado de una nave industrial, de cualquier tipo de medida de seguridad. 

Según describen las sentencias tanto de la Audiencia Provincial de Madrid como del juzgado de Getafe que celebró el juicio en primera instancia, los hechos tuvieron lugar en la mañana del 1 de junio de 2007: el condenado había sido contratado para arreglar el techo de una nave industrial dañada por un robo, ubicada en una zona industrial en el polígono de Nuestra Señora de Butarque, en la localidad madrileña de Leganés, y él a su vez contrató a otros dos trabajadores para acompañarle. 

Según la sentencia, la reparación se estaba realizando sin una red de seguridad, sin ninguna línea de vida a la que enganchar los arneses y sin que los dos trabajadores hubiesen recibido ningún tipo de formación al respecto: la víctima, que caminaba por el techo, se precipitó por un agujero del tejado y cayó al suelo desde ocho metros de altura, golpeándose en la cabeza y falleciendo al instante. 

Tanto el juzgado de lo penal como la Audiencia Provincial eximen de culpabilidad al propietario de la nave que contrató al condenado, y responsabilizan por completo al hombre que contrató para la obra y que a su vez contrató al fallecido: fue él quien decidió "un método de trabajo absolutamente inadecuado" sin medidas de seguridad, explicando además que "si se hubieran cumplido las medidas de seguridad, la caída al vacío del fallecido se habría evitado". El condenado tenía "perfecto conocimiento" de que con su manera de gestionar el trabajo, sin ningún tipo de medida de seguridad, estaba poniendo en peligro la vida de los dos trabajadores a los que había contratado. 

Condenado por homicidio imprudente

La condena que confirma ahora la Audiencia Provincial incluye un año y diez meses de prisión además de otros tantos de inhabilitación para trabajar en construcciones o reparaciones: además, tendrá que indemnizar con casi 200.000 euros a la esposa, padres y tres hijas del fallecido, pagando también los gastos del entierro y del transporte del féretro hasta Brasil.

En el juicio, la Fiscalía solicitó un año y medio de cárcel, la familia del fallecido dos años y medio y Comisiones Obreras de Madrid dos años de cárcel. Carmen Mancheño es secretaria de salud laboral del sindicato:

'Lo que hay detrás es el no cumplimiento de la Ley de Prevención'

07:55

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La sentencia, que es firme, no implica su entrada obligatoria en prisión al carecer el condenado de antecedentes penales: la pena se ha visto rebajada por un atenuante de dilaciones indebidas después de que el proceso estuviese casi dos años paralizado. 

 
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