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El nuevo sistema Renta Web incluirá este año a los autónomos

Los últimos en incorporarse han sido los declarantes de actividades económicas. Supone la desaparición definitiva del programa Padre

El nuevo sistema Renta Web incluirá este año a los autónomos / CADENA SER

El nuevo sistema Renta Web incluirá este año a los autónomos

Madrid

El sistema Renta Web incluirá a todos los declarantes. Es la principal novedad para la campaña de la declaración de la Renta que arrancará el próximo 5 de abril. Los últimos en poder hacerlo serán los contribuyentes de actividades económicas que el año aún no estaban incluidos. El sistema permite hacer la declaración de la Renta desde dispositivos móviles, tablets o smartphones y en distintos momentos. Se hace a través de la web de la Agencia Tributaria. Como explica Antonio Paredes, portavoz del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, hay que buscar en la página la pestaña Renta 2016 y acceder a través de un número de referencia, que este año corresponde con la casilla 440 de la declaración de 2015. Es la forma más habitual de hacerlo pero también es posible con DNI electrónico (certificado electrónico) o clave PIN.

Después de acceder al programa de Renta Web, el sistema ofrece una "propuesta de declaración a través de los datos de los que dispone la Agencia Tributaria y que facilitan, entre otros, los pagadores de rendimiento del trabajo y las entidades bancarias. Se trata de información de los salarios que se han pagado, las retenciones que se han hecho, los intereses y los dividendos". Es importante tener en cuenta que la Agencia Tributaria no dispone de todos los datos. El declarante tendría que incluir en este apartado "las cuotas sindicales, gastos de defensa jurídica, si ha habido movilidad geográfica, la situación familiar en el caso de haber tenido un hijo o un divorcio que suponga que haya una pensión compensatoria". También habría que incluir desgravaciones, subvenciones o ayudas como en el caso del Plan Pive.

El último paso es el de validar el borrador ya sea a devolver o ingresar comprobando el número de cuenta en el que se va a domiciliar el pago. Si la entrega se hace en una entidad colaboradora ya sólo será necesario presentar el documento de ingreso y devolución, sin necesidad de acompañar la declaración de todo el pliego de datos.

 
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