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El Supremo absuelve y libera a un hombre que estuvo año y medio en prisión acusado de abusar de un niño

El alto tribunal entendió que no había pruebas suficientes de que el ahora absuelto introdujese un objeto indeterminado en el ano del hijo de sus compañeros de piso: ha quedado en libertad tras año y medio en prisión

El Tribunal Supremo ha decidido absolverle por falta de pruebas / Getty

El Tribunal Supremo ha decidido absolverle por falta de pruebas

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido absolver a un hombre que fue condenado a ocho años y tres meses de prisión, acusado en un primer momento de abusar sexualmente del hijo de tres años de sus compañeros de piso en Madrid. Su abogado ha confirmado a la Cadena SER que el hombre abandonó a finales de diciembre la cárcel de Soto del Real después de haber pasado año y medio en prisión provisional sin fianza.

El Tribunal Supremo absuelve a este hombre de 58 años por entender que no hay pruebas suficientes para condenarle, aunque mantiene intactos los hechos probados por los que le condenó en un primer momento la Audiencia Provincial en junio del año pasado. Vivía desde hace medio año en un piso en Madrid junto con una pareja y su hijo de tres años: un día sus padres dejaron al pequeño a su cuidado y en los días siguientes el pequeño dijo a la madre varias veces que el acusado le había hecho “pupa” en el ano.

Los informes médicos, según los jueces, demuestran que el niño tenía un “leve enrojecimiento” en la zona, descartando una penetración y también que se debiese a dolencias como una diarrea o similar. La madre, por su parte, mantuvo en todo momento su relato de hechos, afirmando que su pareja – que no llegó a declarar por estar fuera del país – le dejó al cuidado del acusado. Por su parte, el ahora absuelto negó incluso haber tenido al pequeño a su cargo ese día, afirmando que estaba comiendo en casa de sus padres, y achacó la denuncia al deterioro de la relación con la pareja en las últimas semanas.

Pruebas que la Audiencia Provincial consideró suficientes para condenarle a ocho años y tres meses de cárcel, así como a indemnizar a la familia del niño con 10.000 euros, y que no lo son para el Tribunal Supremo, que en una sentencia del pasado once de enero de la sala de lo penal ha decidido dictar su absolución: “No disponemos de una prueba convincente que acredite que efectivamente el acusado se quedó a cargo del menor”, explican.

También critican que a lo largo de la instrucción ni los médicos ni el juzgado pusiesen en marcha los mecanismos y protocolos establecidos para este tipo de casos que incluyen policías, médicos y psicólogos: “No sólo no se siguieron, tampoco la perito médico y el centro hospitalario que debieron seguirlos realizaron una correcta actuación médica”, criticando que se limitasen a describir el “leve enrojecimiento” sin aclarar, “conforme le era exigible, una depuración de su etiología para recuperar a la víctima, su desarrollo normal, y para perseguir un hecho delictivo”. Concluye asegurando que “en el enjuiciamiento no se ha producido una actividad probatoria con sentido preciso de cargo”.

Argumentos que chocan frontalmente con lo que argumentó en su momento la Audiencia Provincial de Madrid para condenarle: “Sólo cabe concluir que se ha practicado prueba de cargo suficiente que acredita la comisión de los hechos” por parte del ahora absuelto, dijo entonces la sección trigésima.

En prisión año y medio

En declaraciones a la Cadena SER, el abogado del ahora absuelto, Víctor Martín, explica que su cliente fue detenido el mismo día en que la madre del pequeño interpuso la denuncia, en junio de 2015, y que abandonó la prisión de Soto del Real en Madrid el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal Supremo adelantó el sentido de su fallo a la Audiencia Provincial, tras año y medio aproximadamente en la cárcel.

El abogado Víctor Martín explica la absolución y liberación de un hombre que estuvo acusado por abusos sexuales a un niño

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