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SENTENCIAS

El Supremo anula la sanción a un guardia civil 'voyeur'

Un sargento del cuerpo observaba a chicas orinando en la calle en el puerto de Santa Cruz de Tenerife. El alto tribunal estima que no es una falta muy grave porque no fue reiterada en el tiempo

El Supremo anula la sanción a un guardia civil 'voyeur' / EFE

El Supremo anula la sanción a un guardia civil 'voyeur'

Madrid

En la noche del 12 de agosto de 2012, este sargento del Instituto Armado estaba de patrulla en la isla canaria junto a un compañero. Al inicio de la ronda le dijo al otro agente: "súbete al coche, te vienes conmigo, vamos a ver a las meonas".

Y para el muelle del puerto que fue, concretamente a una zona utilizada por mujeres para "hacer aguas menores" como recoge la sentencia. El vehículo policial fue estacionado y el agente mirón se pasó una hora observando a chicas jóvenes en esa posición fisiológica.

Su compañero salió del coche al no poder aguantar la actitud del compañero. Llego a conversar con un vigilante de la seguridad privada que le confirmó lo que estaba pasando. Este vigilante no ha prestado declaración en las diligencias.

Tras abrirse el expediente correspondiente por la posible realización de una falta muy grave al quedar manchada la imagen de la Guardia Civil, el Tribunal Supremo ha anulado la sanción de 15 de suspensión de empleo y sueldo.

Las razones no son otras que no ha existido concreción ni está probado que esos hechos- ser un voyeur de uniforme-sean reiterados en el tiempo o hayan afectado a la dignidad del cuerpo.

Pero por encima de la calificación administrativa de estas acciones, el Instituto Armado tiene a un suboficial en sus filas al que le gusta mirar...lo que no debe.

 
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