Expediente a TVE por emitir demasiadas autopromociones en La 1 y La 2
La ley establece que "el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los cinco minutos por hora de reloj"
Madrid
La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador a Radiotelevisión Española por emitir demasiadas autopromociones en sus canales.
Según el regulador, las infracciones tuvieron lugar en marzo de 2016 en La 1 y La 2.
La Ley General de Comunicación Audiovisual dicta a las cadenas que "el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los cinco minutos por hora de reloj".
La apertura de la investigación no prejuzga su resultado. Se abre ahora un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte dela CNMC. RTVE dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.
Desde 2010, sin publicidad
Desde el 1 de enero de 2010, Televisión Española no puede emitir publicidad comercial, solo autopromociones, comunicaciones institucionales, anuncios electorales, campañas divulgativas de carácter social y anuncios que formen parte indivisible de ciertos programas (como los que acompañan a las competiciones deportivas patrocinadas). Por eso, las pausas de sus programas y los minutos separan unos espacios y otros suelen estar ocupados por autopromociones de la radiotelevisión pública.
TVE también emite los llamados "patrocinios culturales", que utiliza para abaratar el coste de sus programas especialmente en época de estrecheces presupuestarias. Esta última fórmula ha suscitado dudas por la presencia constante de marcas comerciales en una televisión pública que sobre el papel no emite publicidad y por la interpretación que RTVE hace de la ley de financiación del Ente, que Hacienda cuestiona.