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Un juez anula un préstamo de Bankia al suponer "asfixia económica inadmisible"

La Audiencia de Madrid da la razón a un matrimonio al que la entidad colocó un préstamo personal después de desahuciarles porque no podían hacer frente a la hipoteca

Oficina de Bankia. / GETTY IMAGES

Oficina de Bankia.

Madrid

Ella es ama de casa y su marido agricultor y encofrador. El matrimonio, apenas sin recursos, no pudo hacer frente a la hipoteca que suscribió con Bankia. La entidad acordó con ellos en julio de 2012 la dación en pago y la pareja entregó la vivienda. Tinsa había tasado el inmueble en 127.000 euros, que era justo la deuda que tenían. Sin embargo, Bankia les colocó durante ese trámite un préstamo personal de 25.000 euros. Una cantidad, dicen los magistrados, "de la que no han recibido importe alguno con lo cual el contrato debe declararse nulo".

Además de eso, la sala sostiene que los demandantes "no sabían a qué se les estaba obligando, dados sus escasos conocimientos financieros, y que no recibieron información detallada". La sentencia añade que también hay que tener en cuenta que "si no podían hacer frente a los futuros importes del préstamo hipotecario no tiene sentido pensar que serían capaces de soportar un préstamo personal por importe de 25.000 euros suponiéndoles una asfixia económica inadmisible".

La Audiencia de Madrid estima el recurso del despacho Are-2 y revoca la decisión del juzgado de primera instancia que solo había anulado la cláusula que fijaba los intereses de demora del préstamo.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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