El juez Castro rechaza el recurso de la infanta Cristina
El juez se muestra duro y crítico con el escrito de apelación firmado por Miquel Roca, abogado de la infanta e insiste en que el auto de apertura de juicio oral no es recurrible
Palma de Mallorca
El juez José Castro ha decidido no admitir a trámite el recurso de apelación que la defensa de la infanta Cristina había presentado al auto de apertura de juicio oral del caso Nóos, que le sentaba en el banquillo de los acusados como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.
En el auto, el juez se muestra muy crítico con el recurso presentado por la defensa de la infanta. Señala el magistrado que las fases del proceso le han abocado a concluir en este auto de apertura de juicio oral sobre la legitimación de Manos Limpias para acusar.
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Castro señala además que en ningún momento la defensa de la infanta le pidió un pronunciamiento previo y específico sobre la doctrina Botín, a pesar de que la defensa de la hermana del rey haya tratado de dar contundencia a este argumento "para ver si acaba convirtiéndose en verdad. Don Miquel Roca incansablemente ha difundido ante los medios de comunicación que la doctrina Botín era de aplicación a su defendida".
"La técnica es tan antigua como el ser humano. Se lanza una afirmación que no responde a la verdad con la esperanza de que siempre habrá alguien que la asuma sin comprobarla", concluye el juez.
Castro además critica que la defensa de la infanta le asocie la imposición a la hermana del rey de "la pena del banquillo". "No es cometido asignado a jueces el imponer por la vía de hecho la llamada pena de banquillo, pero tampoco evitarla si con ello hacen dejar con de sus funciones". El juez insiste, "tampoco es misión de la administración de justicia el calibrar la magnitud de la aflicción que nunca fue su objetivo causar, pero que si se produce, puede que sea por su proporcionalidad al nivel de ejemplaridad exigible a la persona afectada".
El juez considera también que el escrito de Roca "está jalonado de reiteradas acusaciones, más o menos veladas, a la pobreza argumental de este proveyente" y se sorprende por el hecho de que Roca aluda a las fuentes periodísticas que dice que maneja, cuando el abogado "casi cada día participa en extensas declaraciones a los medios, sus escritos son total o parcialmente publicados antes de que este Juzgado los provea y aborda en conferencias la presunción de inocencia de su defendida que, si bien no le hace acreedor a la crítica, sí que la puede merecer cuando extrae la conclusión de que en España no existe la presunción de inocencia"
Castro cree que si en vez de avalar a la acusación popular en el auto, la hubiera deslegitimado "es seguro que quien hoy se siente legitimado para recurrir tenazmente, se opondría a que se admitiera cualquier recurso que aquella pudiera interponer".
"El auto de apertura de juicio oral goza de inmediata firmeza", afirma el juez, que dice desconocer "de qué exceso resolutivo, inoportuno o caprichoso estaríamos hablando".
Castro afirma que, a ojos de la defensa de la hermana del rey, si en el auto resuelve sobre la legitimidad de Manos Limpias "estaría desbordando en propio contenido del auto", pero si no lo hace "estaría incurriendo en una incongruencia omisiva" al no pronunciarse sobre algo que se le habría planteado, lo que convertiría el auto en recurrible. "El resultado sería que se tomara la dirección que se tomara no habría burladero en el que hallar cobijo" y por exceso o por defecto el auto de apertura de juicio oral siempre sería recurrible.
Crítico con el recurso
Los abogados de la infanta alegaban que el juez Castro había entrado a concluir sobre la legitimación de La acusación popular para acusar a la infanta, una decisión que consideran, el juez tendría que haber resuelto de forma independiente y en una resolución diferente. En el escrito, también alegaban que la fianza de responsabilidad civil impuesta a Cristina de Borbón era desproporcionada.
En el auto, el juez entra a analizar la idea de la defensa de la infanta de que se hubiera resuelto en un auto independiente el asunto de Manos Limpias. Castro dice que "pretender que el juzgado hubiera dictado una resolución previa e independiente cuando el único marco legal posible era el que brindaba el auto de apertura de juicio oral, sólo para posibilitar que, en exclusiva atención que se dictará separadamente, quizás una día o unos minutos antes, se tornará recurrible una resolución que no lo era, es tan fraude de de ley como aprovechar la protección que el legislador otorga a un determinado pronunciamiento para hacerla extensiva a otros que no guardan relación con él".
Ahora, la defensa de la infanta sólo podría echar mano del recurso de queja, que puede ser presentado ante la Audiencia Provincial de Palma. Éste sí sería el último cartucho de la defensa de la hermana del rey, el único que podría evitar que finalmente se siente en el banquillo de los acusados como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.