Las claves de la consulta alternativa
Las principales diferencias de esta votación respecto al decreto del 9-N
El presidente catalán, Artur Mas, ha anunciado una consulta soberanista alternativa basada en un proceso participativo cuyas condiciones distan en gran parte, por lo que se sabe hasta ahora, de las establecidas en el decreto del 9N que firmó el propio president, y que suspendió el Tribunal Constitucional.
Paraguas legal
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La consulta original estaba convocada por un decreto que se amparaba en la ley de consultas del Parlament y que detallaba todos los aspectos de su desarrollo, como los plazos de inscripción en el registro de participantes, la campaña de información, las preguntas de la consulta y el presupuesto del 9-N. En la alternativa planteada hoy por el presidente de la Generalitat se usa como paraguas legal "marcos legales preexistentes" a la ley de consultas, suspendida cautelarmente por el Tribunal Constitucional.
Mas no ha ofrecido detalles pero ha subrayado que la Generalitat tiene la "competencia genérica" de impulsar la "participación ciudadana". El Govern del tripartito aprobó una ley de consultas populares que está en vigor, a la cual se podría acoger Mas.
Una consulta que no es definitiva
La consulta del 9N no iba a ser vinculante pero debía abrir un proceso de negociación con el Estado sobre una eventual independencia de Cataluña, si ganaba el sí a dicho estatus. Artur Mas ha dejado claro que la consulta alternativa tiene su validez pero que la "definitiva" debería ser unas elecciones que tengan un formato plebiscitario, para que sean vistas por la comunidad internacional como un referendo.
¿Quién puede participar?
Mas ha señalado que en el 9-N podrán participar de forma presencial los mayores de 16 años con un DNI que tenga residencia en Cataluña. Está por ver qué sucederá con los inmigrantes con residencia legal en Cataluña de más de 1 año y sin DNI y los catalanes que viven en el extranjero, que podían votar según el decreto inicial si se inscribían previamente. Quedarían excluidos los catalanes con residencia en otras partes del Estado, como ya sucedía también en la consulta original.
El censo
A diferencia de la consulta original en la que había un registro de participantes regulado por el decreto de convocatoria, en la nueva consulta no habrá un censo previo, sino que se creará en el momento en el que el ciudadano vaya a votar el 9 de noviembre, en el local de la Generalitat al que sea adscrito
Los resultados
La votación se celebrará el 9 de noviembre y los resultados del recuento se difundirán el día 10 noviembre. En la consulta inicial, en un principio, se dio por sentado que el resultado se daría a conocer la mimas noche del 9-N.
¿Cuál es la pregunta?
Se mantiene la doble pregunta acordada el pasado diciembre por el Govern de CiU con ERC, ICV-EUiA y CUP: "¿Quiere que Cataluña sea un Estado? Y en caso afirmativo ¿Quiere que sea un Estado independiente?".
Sistemas de garantías
Tras la impugnación de la Comisión de Control (junta electoral) de la consulta original del 9 de noviembre -que nació a partir de la ley de consultas-, ahora creará un Consejo General de Participación para la nueva consulta, que vigilará que se cumplan las garantías democráticas propias de una votación.
Lugares de votación
Si en el decreto original los ayuntamientos podía ofrecer propuestas de locales para votar, en la consulta alternativa la votación se realizará en dependencias de titularidad de la Generalitat para no poner en riesgo a otras administraciones ni entidades de la sociedad civil, que sin embargo podrán colaborar.
20.000 voluntarios
El nuevo 9-N contará con 20.000 voluntarios que posibilitarán la celebración de la consulta, aunque esto no es una novedad porque ya estaba previsto en la ley de consultas que pudieran haber entidades de voluntarios que colaborarán en la celebración de referendos
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