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La Audiencia Nacional rechaza por cuarta vez la libertad de Bárcenas

La Sala de lo Penal reprende a su abogado por utilizar expresiones "impropias" y le advierte de que "el derecho de defensa no es ilimitado"

Luis Bárcenas, en una imagen a la salida de la Audiencia Nacional(EFE)

Luis Bárcenas, en una imagen a la salida de la Audiencia Nacional

Madrid

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado por cuarta vez la petición de salir de la cárcel del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas en un auto en el que señala que las alegaciones contenidas en su último recurso son "inconsentibles y en todo caso carentes de la más mínima relevancia jurídica, es decir, gratuitas a todos los efectos".

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En un auto dictado este lunes la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal señala que los "calificativos o expresiones" utilizados en su último recurso por el abogado de Bárcenas, Javier Gómez de Liaño, son "impropias" y le advierte de que "el derecho de defensa no es ilimitado y no ampara bajo su manto 'censuras respetuosas' -como las definió el letrado- de este tipo". En su recurso, el letrado de Bárcenas atribuía "ignorancia" al juez Ruz, le acusaba de haber llevado a cabo "una estrategia procesal perversa a lo largo de la causa", le atribuía "manifestaciones tan gratuitas como falsas" durante la instrucción y resmuía que su actuación "roza con la temeridad" o había sido "imprudente o mal intencionada", entre otras críticas.

De esta forma, el tribunal avala la decisión adoptada el 18 de marzo por el juez instructor, Pablo Ruz, de mantener a Bárcenas en prisión, al considerar que sigue existiendo "riesgo de fuga" y que la medida acordada está "justificada" por la aparición en los últimos meses de nuevos movimientos y cuentas bancarias.

Las autoridades de Estados Unidos remitieron a comienzos de este año una nueva comisión rogatoria que ponía de relieve que, además del depósito en el Chase Manhattan Bank de Nueva York que tenía para sufragar los estudios de su hijo, Bárcenas disponía de otras dos cuentas en esta entidad, "desconocidas hasta el momento", que se podrían haber utilizado en el "circuito de blanqueo de capitales". Además, los magistrados Ángela Murillo (presidenta), Teresa Palacios y Carmen Paloma González recalcan que la Agencia Tributaria informó en febrero pasado de que no era posible realizar un seguimiento de los tres millones de euros que el extesorero sacó de Suiza después de que en febrero de 2009 estallara el 'caso Gürtel', hacia las sociedades Lidmel International y Grupo Sur de Valores, radicadas en Uruguay.

También rechaza la Sala "la falta de indicios" alegada por la defensa del antiguo responsable de las finanzas del PP y que los delitos que se le atribuyen (fraude fiscal, blanqueo de capitales, cohecho, falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa) hayan prescrito. Al mismo tiempo, el tribunal critica que Gómez de Liaño tache de "superficiales y ligeros" los últimos informes planteados por la Agencia Tributaria, la Intervención General del Estado (IGAE) y la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) para luego "no suministrar un solo dato objetivo en apoyo de tales expresiones ni ofrecer al respecto el más mínimo comentario razonado".

Bárcenas, que llegó a acumular 48,1 millones de euros en Suiza en enero de 2008, está en la cárcel de Soto del Real (Madrid) desde el 27 de junio de 2013. Ruz, que ha rechazado tres veces su excarcelación, descartaba en su último auto que "subsiste la presunción" de que el extesorero del PP dispone todavía de "una importante infraestructura patrimonial más allá de los elementos hasta ahora conocidos" y "de difícil y compleja incautación policial".

 
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