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La banca tiene que informar de operaciones con billetes de 500 euros

El alto tribunal revoca una sentencia de la Audiencia Nacional y obliga al Banco Pastor a cumplir con la Agencia Tributaria

El Banco Pastor tendrá que facilitar al fisco la información que reclamó la agencia tributaria sobre ingresos y retiradas de efectivo en billetes de 500 euros para operaciones superiores a los 100.000 euros. El Tribunal Supremo ha estimado el recurso del abogado del estado y revoca la sentencia de la Audiencia Nacional. Los magistrados recuerdan que el uso de billetes de 500 está vinculado en ocasiones "a transacciones realizadas al margen de la legalidad".

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La Agencia Tributaria reclamó al Banco Pastor información en fechas concretas sobre operaciones de ingresos y retiradas de efectivo en billetes de quinientos euros por importe superior a los 100.000 euros pero la entidad se negó a facilitar esos datos y la Audiencia Nacional le dio la razón al entender que esos datos estaban incluidos en la información que se remite periódicamente al Banco de España.

Ahora el Tribunal Supremo estima el recurso del abogado del estado y casa la sentencia porque el banco si que tiene que proporcionar esos datos al fisco. Dicen los magistrados que "se trata de conocer con detalle determinadas operaciones realizadas con billetes de 500 euros que se concretan con referencia a sucursales y fechas". La sentencia concluye que esta información tiene trascendencia tributaria "y una clara relevancia económica no solo por su importante cuantía, sino aún más por los billetes con los que se llevan a cabo, de notoria significación en determinadas transacciones al margen de la legalidad".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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