El Obispado de Almería se niega a readmitir a la profesora de religión casada con un divorciado
La Iglesia incumple el auto judicial del pasado mes de mayo que obligaba a readmitir a Resurrección Galera
Resurrección Galera ha recibido una comunicación oficial del Obispado en el que se le informa de que no va a ser llamada para impartir las clases en el curso 2012-2013. Se trata de un burofax en el que le dicen que no ha obtenido la misión canóniga, la idoneidad para ejercer la docencia de Religión. La profesora tiene la intención de seguir batallando y presentará una nueva demanda por despido nulo.
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El Obispado ha remitido a la docente un escrito en el que se le informa de que no cuenta con la "missio canonica" que otorga la Iglesia para certificar la idoneidad de los profesores a la hora de ser contratados por el Ministerio de Educación. El abogado que representa al Obispado, Luis Docavo, ha apuntado que el escrito informa a Galera de que no tiene la aprobación de la autoridad eclesiástica "para futuros cursos", si bien ha eludido dar más detalles al respecto.
El Obispado presentó hace unos meses un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el que defiende que es "enteramente constitucional el hecho de que no pueda impartir religión y moral católicas quien no profesa voluntariamente los dogmas de esta fe religiosa". El abogado del Estado que representa al Ministerio, Demetrio Carmona, ha asegurado que el escrito remitido a la docente no afectará al procedimiento judicial, si bien ha remarcado que, mientras la Justicia no diga lo contrario, Educación no puede contratar a un profesor de religión sin la propuesta previa de la autoridad eclesiástica, como establece el Concordato entre el Estado Español y la Iglesia Católica.
El Obispado se mantiene a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) resuelva los recursos del Ministerio y la docente contra el auto de ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería, que ordenaba su readmisión y el pago de los salarios que dejó de percibir. El juzgado declaró la nulidad del despido en mayo del pasado año después de que el TC concediera amparo a la profesora y reconociera su derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar.
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