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NUEVA LEY DE SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CLIENTE

Atención en menos de un minuto y reclamación antes de un mes

Las empresas telefónicas, de suministro eléctrico, de gas o de agua deberán poner a disposición de los clientes un servicio de atención telefónica y un número de teléfono gratuito para atender todas sus quejas

Atención en menos de un minuto y reclamación antes de un mes(GETTY IMAGES)

Atención en menos de un minuto y reclamación antes de un mes

La nueva Ley de Servicios de Atención al Cliente obligara a las empresas a resolver las reclamaciones de los clientes en el plazo máximo de un mes y las llamadas al servicio de atención serán atendidas en menos de un minuto por personal responsable.

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Las empresas telefónicas, las de suministro eléctrico, de gas o de agua deberán poner a disposición de los clientes un servicio de atención telefónica y un número de teléfono gratuitos para atender todas sus quejas, reclamaciones e incidencias. Reclamaciones que el usuario podrá presentar también por teléfono y que la compañía deberá solucionar en un plazo máximo de un mes desde su presentación. Así figura en la Ley de Servicios de Atención al Cliente a cuyo borrador ha tenido acceso la Ser y que el gobierno aprobará en las próximas semanas.

Se prohíbe la utilización de números de tarificación adicional para comunicarse con los clientes y en ningún caso la empresa podrá obtener ingresos adicionales en el servicio de atención. Cuando el usuario formule su queja, pida información o comunique una avería por teléfono o por correo electrónico, la empresa ha de garantizar una atención personal directa, bien a través de un operador o un agente comercial que deberá identificarse. Se prohíbe el uso de contestadores automáticos como medio exclusivo para atender al cliente.

La atención telefónica deberá ser inmediata: la llamada será atendida en menos de un minuto. En ningún caso se aprovechará la formulación de reclamaciones para ofrecer productos u ofertas comerciales. El servicio de atención al cliente ofrecerá al usuario un número o clave de la incidencia, incidencia que no podrá cerrarse por caducidad. Por último, el horario de atención en empresas de servicios esenciales será de 24 horas los 365 días al año.

SER Consumidor, domingo 13 de Marzo de 2011

56:15

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SER Consumidor, domingo 6 de marzo de 2011

55:34

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