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La mirada de Soledad Gallego-Díaz

Más agitación

El ingreso en prisión sin fianza es una medida que suele aplicarse si existe riesgo de fuga o de destrucción de pruebas, dos supuestos discutibles

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La jueza de la Audiencia Nacional que instruye el caso por el asedio a la Consejería de Economía en Barcelona el pasado 20 de septiembre, declaró ayer prisión provisional sin fianza para Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, los dos dirigentes de las plataformas sociales que han estado organizando las movilizaciones a favor de la independencia y del referéndum del pasado 1 de octubre.

El Código Penal no es un texto a la carta, como aclararon ayer algunos miembros de la judicatura, y la prisión provisional es la medida habitual para delitos graves como los que se imputan a ambos dirigentes. Sin embargo, el ingreso en prisión sin fianza es una medida que suele aplicarse si existe riesgo de fuga o de destrucción de pruebas. Dos supuestos discutibles porque, dado lo ocurrido en este incidente concreto, es difícil que se puedan destruir pruebas a estas alturas, o que los señores Sànchez y Cuixart tengan intención de huir. Seguro que el ingreso en prisión de los dos dirigentes provoca agitación.

Donde no se podrá hablar del asunto es en el parlamento catalán, donde Junts Pel Sí y la CUP siguen decididos a impedir que se convoquen plenos como quiere la oposición. De hecho, el Parlamento catalán no funciona como tal prácticamente desde hace 6 semanas por decisión de la coalición que apoya al Govern.

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Soledad Gallego-Díaz

Soledad Gallego-Díaz

Es periodista, exdirectora del periódico 'EL PAÍS'. Actualmente firma columnas en este diario y publica...

 
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