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El Supremo declara que un beso no consentido es una "agresión sexual"

El tribunal condena a un año y nueve meses de cárcel a un policía que dio un beso en la mejilla a una detenida y después intentó darle otro en los labios

Una manifestante muestra una pancarta con el lema "Solo si es sí" durante la marcha convocada por el 8 de marzo / Raúl Caro (EFE)

Una manifestante muestra una pancarta con el lema "Solo si es sí" durante la marcha convocada por el 8 de marzo

Madrid

El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que un beso sin el consentimiento expreso o tácito constituye un delito de agresión sexual al configurar una "intromisión en la libertad sexual" de la víctima con el propósito de "obtener una satisfacción sexual a costa de otro".

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Así lo señala la Sala de lo Penal en la sentencia en la que confirma la condena de un año y nueve meses de cárcel impuesta a un agente policial que dio un beso en la mejilla e intentó después darlo en los labios de una detenida sin su consentimiento, en la zona de los calabozos. La sentencia también señala que el acusado había ingerido alcohol la tarde de los sucesos y "se encontraba embriagado y con sus facultades psicofísicas disminuidas levemente".

Además de lisonjearla con expresiones de que "era una buena tarde porque había estado con un chica tan bonita" y otras de semejante naturaleza, "llegó en un momento a ponerse en pie, y con las manos en las caderas, y haciendo un ligero balanceo, comenzó a mirarse directamente sus genitales y a resoplar para que la detenida se fijara en él, y en el estado de excitación en que se encontraba".

El acusado pidió en diversas ocasiones perdón a la víctima por su comportamiento y la sentencia señala que cuando la detenida fue avisada para pasar a disposición judicial "le facilitó su número de teléfono en un trozo de papel para que lo llamase comprometiéndose a proporcionarle un abogado si no contaba lo ocurrido".

Gracias a la ley del solo sí es sí

En este caso, el Supremo confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito de abuso sexual, que ahora, tras la reforma de la conocida ley del solo sí es sí, es un delito de agresión sexual.

Los magistrados dejan claro que no es preciso un "no" de la víctima ante intentos de besar a una mujer, sino que para que no exista delito lo que hace falta es el consentimiento, que es la "clave".

 
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