La Lotería de Navidad ya está aquí, pero, por muy esperada que fuera la cita que se celebra este viernes en el Teatro Real, sólo será motivo de celebración para unos pocos. De los 3.700 millones de euros de los que consta la emisión, el Sorteo Extraordinario reparte 2.590 millones de euros en premios, 70 millones más que el año pasado. El más suculento de ellos es el Gordo, tasado en 400.000 euros el décimo, si bien la probabilidad de ganarlo es de apenas el 0,001%. Para saber si estás entre los agraciados, ya sea con alguno de los premios importantes de la rifa o con la pedrea, desde la Cadena SER te ofrecemos un comprobador que permite constatar, de un vistazo, el resultado del número o los números en juego y qué parte del premio corresponde en función de la cantidad jugada. Puedes utilizar la herramienta bajo estas líneas y, además, está disponible en la cabecera de cualquier noticia sobre la Lotería de Navidad. Usar el comprobador es muy sencillo. Por defecto, la herramienta muestra los números agraciados con el Gordo, el segundo premio, el tercero, los cuartos y los quintos. Para averiguar si cualquier otra cifra ha recibido un premio o reintegro, o bien para conocer al detalle qué parte de los premios importantes corresponde a cada jugador, en caso de décimos compartidos o participaciones, basta con seguir los siguientes pasos: Los más de dos millones y medio de euros en juego durante el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad se dividirán en 28.312.400 premios, teniendo en cuenta que este año las series pasan de 180 a 185 —cada una de las cuales consta de 100.000 billetes— y que cada serie distribuirá en premios unos 14 millones de euros. En concreto, el reparto es el siguiente: Cabe recordar que no todos los ganadores recibirán el importe íntegro del premio, ya que Hacienda se quedará una parte de todos aquellos que superen los 40.000 euros. A partir de los primeros 40.000 euros, se tributa al 20%. Tomando como ejemplo el Gordo, se tributará por 360.000 euros a un tipo del 20%; es decir, el premiado se quedará 328.000 euros, mientras que 72.000 irán a parar a las arcas públicas. El segundo premio son 125.000 euros por décimo, de los cuales el ganador se quedará 108.000 y Hacienda, 17.000. En cuanto al tercer premio, que entrega 50.000 euros al décimo ganador, habrá que descontar los 2.000 euros que irán a parar al erario. Eso sí, los cuartos y los quintos —que reparten 20.000 y 6.000 euros al décimo, respectivamente— están exentos de tributación. A la hora de realizar la declaración de la renta, el premiado no debe hacer ningún trámite. El premio no se incluirá en la base imponible del IRPF, aunque sí en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. Tampoco tendrá impacto haber ganado el premio a la hora de solicitar ayudas públicas, becas o prestaciones de la Seguridad Social. Sin embargo, sí hay otros aspectos que se deben tener en cuenta al pensar en las repercusiones fiscales de la lotería, porque serán un gasto más que hará que la cuantía neta a ingresar se reduzca. Esto ocurre, por ejemplo, con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si se quiere donar parte del premio a un familiar, hay que tener presente que, si no se puede demostrar que el boleto es compartido, hay que tributar en algunas comunidades autónomas. Por otra parte, en aquellos casos en los que el premiado sea una compañía, empresa u otra forma jurídica de sociedad, las condiciones fiscales varían. Dadas esas circunstancias, el dinero que se hubiese ganado quedaría integrado en la base imponible del Impuesto de Sociedades, y esa misma cuantía sería descontada de lo que saliese a pagar a la Agencia Tributaria. La forma de cobrar el premio varía en función de la cuantía obtenida. Si es inferior a 2.000 euros, se podrá obtener, al momento, en cualquiera de los 11.000 puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) a partir del mismo día 22 de diciembre a las 18:00 y hasta el próximo 22 de marzo de 2023. En este caso, el premio puede cobrarse en metálico o a través del sistema Bizum, ya que los puntos de venta de Loterías fueron los primeros comercios físicos en España en incorporar dicho sistema como método de pago de sus apuestas y cobro de sus premios menores. Para los premios mayores —aquellos que acumulen un importe igual o superior a 2.000 euros—, el montante se cobrará, exclusivamente, en las entidades financieras autorizadas por SELAE, que actualmente son dos: Dichos bancos no podrán hacer efectivo el pago del premio sin antes recabar la documentación necesaria. A este respecto, requerirán a cada agraciado su documento de identidad (que deberá estar en vigor) y le pedirán que cumplimente los formularios relacionados con la ley orgánica de protección de datos personales (LOPD). Además, puede que la entidad bancaria solicite, también, información financiera relacionada con el conocimiento de sus clientes (KYC) para cumplir sus obligaciones legales de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. No es obligatorio disponer de una cuenta bancaria en la entidad elegida para el cobro del premio. Tampoco se aplicarán comisiones para cobrar el mismo. Si el premio es compartido, la única peculiaridad es que deben acudir todos los titulares del premio para identificarse en la entidad financiera. Si el grupo es numeroso, los agraciados pueden designar, si así lo prefieren, un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Este apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario, ya que se trata de importes elevados de caudales públicos, lo que requiere tener certeza de a quién y por qué se paga.