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La ley de amnistía defiende el "interés general" y la actuación en el marco constitucional: consulta todos los detalles de la norma

La iniciativa, que ha registrado este lunes el PSOE en solitario, amnistía "toda la responsabilidad, penal, administrativa y contable" derivada del procés desde el 1 de enero de 2012 hasta el 13 de noviembre de 2023 y prohíbe indemnizaciones o restituciones de sanciones. El texto recoge varias referencias a la Constitución y su cumplimiento: "Las metas a perseguir dentro del marco constitucional son plurales. No obstante, todos los caminos deben transitar dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional"

Carles Puigdemont, durante una comparecencia en Bruselas. / Getty

Carles Puigdemont, durante una comparecencia en Bruselas.

Ha sido el elemento central de la negociación con los independentistas: la Ley Orgánica de amnistía por la normalización institucional, política y social en Cataluña que afecta a toda la “responsabilidad penal, administrativa y contable derivada de todos los actos vinculados con el proceso soberanista entre el 1 de enero de 2012 y la fecha de presentación de la proposición de ley". Con este planteamiento, la propuesta, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, no sólo beneficia a líderes independentistas (como el fugado Carles Puigdemont) sino también a los directores de los colegios en los que celebró el referéndum ilegal, a distintos funcionarios, participantes del Tsunami Democratic, los CDR con juicio abierto en la Audiencia Nacional o los policías que cargaron el 1-O sin ocasionar graves lesiones o torturas. Las excepciones, para los casos de mayor gravedad, están planteadas en el artículo 2 de la proposición de ley, que cita expresamente los casos de terrorismo “con resultado de muerte o graves lesiones”.

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El texto que el PSOE espera registrar este lunes con la firma de los grupos que forman el gobierno (PSOE y Sumar) y los socios parlamentarios (ERC, Junts, Eh Bildu, PNV y BNG) consta de 16 artículos y una amplia exposición de motivos, que ha sido la parte más discutida en las negociaciones y que refleja la apuesta de todas las partes por resolver el conflicto, con múltiples referencias a la Constitución española. “Las metas a perseguir dentro del marco constitucional son plurales", dice literalmente la norma en referencia a que la Carta Magna no es militante, pero a renglón seguido, los proponentes reconocen que "todos los caminos deben transitar dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional". Así, la proposición de Ley, en la que no se lee una renuncia expresa a la unilateralidad, sí remite a la Constitución como marco de actuación. "Esta amnistía no puede interpretarse como un alejamiento de nuestro marco legal. Muy al contrario, es una herramienta que lo fortalece y mira hacia el futuro, devolviendo al debate parlamentario las divisiones que siguen tensando las costuras de la sociedad".

El PSOE registra en solitario la ley de amnistía en el Congreso de los Diputados

Así, tras muchas horas negociando con los diferentes grupos parlamentarios, el PSOE ha registrado este lunes por la tarde la ley de amnistía. Lo ha hecho en solitario y no cuenta con las firmas de Junts o ERC, los partidos con los que pactó la norma.

Como autor de la proposición de ley solo aparece el grupo socialista aunque algunos de los socios parlamentarios, como el PNV, han expresado estar de acuerdo con el contenido pero aseguran que los negociadores no han requerido la firma del resto. Los servicios jurídicos del grupo republicano llevan todo el día revisando el texto y en unos minutos se espera que el ministro Félix Bolaños explique los detalles.

Registro de la ley de amnistía en el Congreso de los Diputados

Registro de la ley de amnistía en el Congreso de los Diputados

Registro de la ley de amnistía en el Congreso de los Diputados

Registro de la ley de amnistía en el Congreso de los Diputados

Garantía del principio de igualdad

Uno de los puntos más relevantes de esa exposición de motivos es un apartado específico sobre la garantía del principio de igualdad. Los proponentes argumentan que las amnistías se adoptan en dos tipos de momentos: para transicionar de una dictadura a una democracia y para resolver un conflicto que tiene “origen político”. A partir de ahí, justifican que la medida sea aplicable sólo en el territorio de Cataluña y en ese periodo de tiempo determinado sin que esto suponga un trato desigual a los españoles. "El principio de igualdad no implica la necesidad de dar un alcance universal a los efectos de la amnistía, sino a que no existan discriminaciones entre personas que se encuentren comprendidas en el supuesto habilitante de la norma" (en este caso, los actos determinantes de distintos tipos de responsabilidad en relación con el proceso independentista), dice literalmente el texto.

"Esta ley orgánica respeta, por tanto, el principio de igualdad en la medida en que el ámbito de aplicación se identifica de forma objetiva y justificada, de acuerdo a valores constitucionales, y sin que arbitrariamente se excluyan de la misma supuestos con una identidad sustancial", zanja la proposición de ley en este apartado. Según este razonamiento, el beneficiario de la aplicación de la amnistía sería el conjunto de la sociedad por su contribución a la convivencia, a la que evoca el texto: "Se persigue la consecución de un interés general, como puede ser la necesidad de superar y encauzar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social, así como de una integración de las diversas sensibilidades políticas".

Además de una amplia argumentación jurídica, el preámbulo de la Ley recoge una extensa justificación política sobre la conveniencia y la necesidad de aprobar la norma para "garantizar la convivencia dentro del Estado de derecho, y generar un contexto social, político e institucional que fomente la estabilidad económica y el progreso cultural y social tanto de Cataluña como del conjunto de España". Se plantea como una herramienta para resolver de manera definitiva el conflicto político vivido en esa comunidad: "Esta ley orgánica es un paso más en un camino difícil, pero a la vez valiente y reconciliador; una demostración de respeto a la ciudadanía y de que la aplicación de la legalidad es necesaria, pero, en ocasiones, no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo".

Defensa de la constitucionalidad

La exposición de motivos de la proposición de Ley dedica un amplio apartado a defender la constitucionalidad de la medida. Se apoya, por ejemplo, en la sentencia del TC sobre las leyes de amnistía aprobadas durante la Transición, normas con las que los proponentes marcan una clara diferencia —"el contexto político en el que llega esta amnistía nada tiene que ver con el de la España de 1976 y 1977"— pero que sirven para justificar la legalidad de esta herramienta. El Tribunal Supremo en su resolución de 1986 dejó claro que “no hay restricción constitucional directa sobre esta materia”. "Parece razonable entender que el constituyente de 1978 no prohibió la institución de la amnistía porque, entre otras razones, ello hubiera implicado su derogación", algo que habría hecho imposible el consenso social y parlamentario "que hicieron posible la aprobación de la Carta Magna". "Todo ello nos permite inferir que la amnistía, lejos de ser una figura inconstitucional, forma parte del pacto fundacional de la democracia española y se presenta como una facultad de las Cortes Generales", resuelve el texto.

El preámbulo de la norma se apoya además en la legislación de los países de nuestro entorno para justificar que, aunque la Constitución no mencione expresamente esa figura, se pueda recurrir a ella. "Existen otras normas constitucionales de países europeos que, si bien no mencionan la amnistía, como en el caso de Alemania, Austria, Bélgica, Irlanda o Suecia, ello no ha impedido que se afirmara su constitucionalidad. Desde la Segunda Guerra Mundial se han promulgado más de medio centenar de estas leyes en los citados países, considerando la propia doctrina que una amnistía es aplicable en el Estado constitucional en circunstancias de especial crisis política".

El papel de los agentes que participaron en las cargas policiales

A diferencia del dictamen que hizo público Sumar hace unas semanas, en la proposición de ley que llega al Congreso no se hace una lectura de lo que ocurrió en el procés y se resalta la actuación de los funcionarios y policías que actuaron en defensa de la legalidad y el orden constitucional. En ningún caso, dice el texto, la aprobación de esta amnistía "implica la criminalización de los funcionarios que intervinieron en defensa del orden público, pues la presunción de inocencia es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico". Lejos de ello, sigue, se "persigue aliviar la situación procesal de los encausados y con ello las tensiones derivadas de unos hechos que se enmarcaron en un determinado momento y como consecuencia de las tensiones existentes entonces y a lo largo de más de diez años".

No se menciona en absoluto que la actuación del Estado fuera desproporcionada, tal y como han venido defendiendo los independentistas. La amnistía para los agentes implicados en las cargas viene recogida expresamente en el apartado 'E' del artículo primero: "Las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa comprendidos en este artículo”.

Sin referencia al 'lawfare'

La norma registrada en el Congreso no hace referencia al punto que ha hecho que el acuerdo entre PSOE y Junts se retrasara sobre el calendario previsto por Ferraz, el denominado 'lawfare'. El documento político pactado por los dos grupos hacía referencia a que "en las conclusiones de las comisiones de investigación que se constituirán en la próxima legislatura se tendrán en cuenta en la aplicación de la ley de amnistía en la medida que pudieran derivarse situaciones comprendidas en el concepto lawfare o judicialización de la política, con las consecuencias que, en su caso, puedan dar lugar a acciones de responsabilidad o modificaciones legislativas". Este apartado concreto que ha generado la reacción de la judicatura y de la oposición no viene recogido en la proposición de Ley.

El texto prohíbe las indemnizaciones, restituciones de sanciones o compensaciones económicas a los implicados en el proceso soberanista. Según lo que está establecido en el texto, esta operación no tendrá coste para las arcas del Estado. Condenados en firme como el expresident Artur Mas no se verían resarcidos. Tampoco quienes hayan pagado multas por sanciones de distinta naturaleza durante todos estos años. Sí que se devolverían las fianzas a los amnistiados, una vez que no pesan sobre ellos causas penales.

La aplicación de la norma

Para aplicar la amnistía, la ley establece que el órgano judicial competente ordenará la “inmediata puesta en libertad de las personas beneficiadas por la amnistía que se hallaran en prisión”, se procederá a la “eliminación de antecedentes penales” y quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención. La norma establece además que las decisiones sobre la aplicación “se adoptarán en el plazo máximo de dos meses, sin perjuicio de los ulteriores recursos, que no tendrán efectos suspensivos”.

 
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