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El retraso normativo que puede provocar que Rubiales sea juzgado con una Ley de 1990: "La España de los 90 no es la de 2023..."

"Ni la Ley del 90 es la del 23 ni, sobre todo, la España del 90 es la España del 23", lamenta Manu Carreño

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Mientras que el organismo mundial que rige el fútbol, la FIFA, tomó con agilidad la decisión de inhabilitar a Luis Rubiales, en nuestro país este movimiento todavía no se ha producido. Este martes nos ayudó a entender un poco mejor las causas un exmiembro del grupo que tiene la bola en el tejado, el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). Son los magistrados que componen este organismo los que enviarán próximamente un informe al Consejo Superior de Deportes (CSD), que será quien tome la decisión final. Jesús Avezuela, miembro del TAD entre los años 2017 y 2023 (hasta abril), explicó en 'El Larguero' que el "Régimen Sancionador" de la nueva Ley del Deporte -aprobada el pasado diciembre- todavía no ha entrado en vigor, por lo que en lo que a sanciones se refiere, se aplica la Ley del Deporte de 1990.

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Manu Carreño lamentó esta circunstancia: "Podemos estar ante un caso en agosto de 2023 que sea juzgado por la Ley del Deporte de 1990 porque el Régimen Sancionador de la nueva Ley del Deporte todavía no ha entrado en vigor. Entonces, a la hora de hablar de las sanciones, se aplica la antigua Ley, no la nueva. Es decir, un hecho en la sociedad española de 2023 puede acabar siendo juzgado por una Ley de 1990. Ni la Ley del 90 es la del 23 ni, sobre todo, la España del 90 es la España del 23. Y al final puede que un hecho cometido en la sociedad actual, en 2023 puede acabar siendo juzgado por una Ley redactada en 1990".

Según explicó Avezuela, "hay una Ley del Deporte del año 2022, la que está vigente, pero tiene una disposición transitoria que establece que las cuestiones relativas a los expedientes sancionadores está en vigor la Ley del 90. Esta Ley sobre todo lo relativo al decoro deportivo dice que es una infracción grave, no muy grave".

Sin embargo, esta Ley está contradicha por el Reglamento, manifestó: "El Reglamento, la norma que desarrolla esa Ley, sí que dice que es una infracción muy grave. La ley dice que es grave, pero el reglamento dice que es muy grave". "En aplicación del principio de jerarquía normativa tiene más peso la ley que el reglamento, pero en términos estrictamente puros, luego ya el TAD hará su interpretación", afirmó.

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¿"Grave" o "muy grave"?

La diferencia entre que los hechos acometidos por Luis Rubiales sean considerados como "graves" o "muy graves" no es baladí. En caso de que sea "grave", la inhabilitación irá de un mes a dos años, mientras que si es "muy grave" será de dos a 15 años.

Lo que sí aclaró el señor Avezuela es que la decisión no se alargará mucho más, ya que el TAD "es un tribunal ágil donde se trabaja. Ha pedido documentación y en los próximos días hará un pronunciamiento sobre la decisión". Entiende Avezuela que el TAD tardó en recibir la documentación requerida y esa es la causa de la tardanza. Sin embargo, en las próximas horas podría enviar su informe el TAD y menos de 48 horas después tomar una decisión el CSD.

Qué es el TAD

Avezuela explicó en 'El Larguero' en que consiste el TAD: "El TAD es un órgano administrativo, pero independiente. Está adscrito orgánicamente al Consejo Superior de Deportes, pero actúa con independencia del CSD".

"Se compone de siete miembros, independientes e inamovibles que suelen pertenecer a altos cuerpos del Estado, magistrados, abogados, fiscales... Estos miembros son nombrados por el CSD, cuatro ellos a propuesta del propio presidente y los otros tres a propuesta de las federación deportivas españolas. Semanalmente se reúne", agregó.

David de Gustín

David de Gustín

Trabaja en la sección de deportes de la Cadena SER desde 2017. Es graduado en Periodismo por la Universidad...

 
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