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El Supremo establece que las retribuciones del Parlamento Europeo no están exentas de tributar en España

La sala de lo contencioso administrativo rechaza el recurso del eurodiputado del PP, Gabriel Mato, que dejó de consignar 60.100 euros en cuatro ejercicios fiscales

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Madrid

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina y establece que las retribuciones del Parlamento Europeo no están exentas de tributar en España. El alto tribunal desestima el recurso presentado por el eurodiputado del PP, Gabriel Mato, contra las liquidaciones del IRPF entre los años 2010 y 2013 en las que dejó de consignar, por entender que se trataba de renta exenta, 60.100 euros procedentes de su retribución como europarlamentario. El fisco ya había corregido su declaración y le había impuesto una sanción por el olvido. Ahora es la Justicia la que confirma la tesis de Hacienda.

Dice la sentencia que “no cabe acoger que el Parlamento Europeo pueda tenerse como “una empresa o entidad no residente en España, puesto que las notas que caracteriza a estas como organización destinada a la consecución de fines económicos o sociales, resultan completamente extrañas a las que definen e identifica a un Parlamento".

Recuerda la sala que “en los Parlamentos reside la soberanía popular representada por sus miembros, al tiempo que los diputados, elegidos por sufragio universal, ejercen sus funciones por mandato representativo de los ciudadanos de cada Estado miembro, funciones de representación de los ciudadanos que ejercen de forma libre y con independencia, sin atisbo de dependencia alguna, ni laboral o estatutaria o similar”.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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