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Así es la nueva ayuda del SEPE: hasta 14.400 euros si tienes cargas familiares

El ciudadano desempleado que cumpla una serie de requisitos tras agotar la prestación contributivo podrá recibir este subsidio familiar, extensible hasta los 30 meses

Una oficina del SEPE en el madrileño barrio de Vallecas / Europa Press News

Una oficina del SEPE en el madrileño barrio de Vallecas

Madrid

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una nueva ayuda económica para los trabajadores con cargas familiares que hayan agotado su prestación contributiva. Es decir, los ciudadanos que estén en esta situación laboral y personal pueden percibir ahora un subsidio tras el fin de la prestación, según informa la propia página web del SEPE.

Solo es necesario cumplir una serie de condiciones para poder recibirla:

  • Encontrarse en situación de desempleo
  • Figurar como demandante de empleo en el mes posterior desde el fin del derecho a la prestación contributiva
  • No haber rechazado desde que se recibe la prestación contributiva ninguna oferta de colocación, ni haber rehusado participar, sin causa que lo justifique, en acciones de promoción, formación o reconversión laboral
  • Estar inscrito en el registro de demanda de empleo y que la inscripción esté activa durante todo el periodo de tiempo en el que se cobre el subsidio
  • Suscribir un compromiso de actividad
  • Que el derecho a la prestación de tipo contributivo por situación de desempleo se haya agotado
  • Tener responsabilidades familiares
  • Carecer de cualquier clase de renta superior al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI),es decir, tener unos ingresos inferiores a los 810 euros mensuales, excluyendo la parte proporcional que correspondería a las dos pagas extraordinarias. El cálculo de la renta se hará en base al rendimiento íntegro o bruto. Aquellos rendimientos que procedan de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computarán con la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos necesarios para su obtención. Las ganancias de carácter patrimonial, en base a la diferencia entre las ganancias y las pérdidas.

El solicitante de la ayuda tiene que cumplir con el conjunto de requisitos en el momento del hecho causante, en el que haga efectiva la solicitud del subsidio y en el que se pidan prórrogas y reanudaciones, así como durante todo el periodo de tiempo en el que se perciba la ayuda económica.

La duración de la ayuda familiar para desempleados es de seis meses prorrogables en periodos semestrales, siempre en relación a la duración de la prestación por desempleo inicial agotada y de la edad del que la reciba. Además, es imprescindible realizar la solicitud en plazo y no dejar de cumplir el total de las condiciones. La relación entre la edad del desempleado y la duración del subsidio funciona así:

  • Si se es menor de 45 años y ha agotado la prestación contributiva de como mínimo cuatro meses, se tiene derecho a recibir la ayuda durante seis meses, que serán prorrogables hasta un máximo de 18.
  • Si se es menor de 45 años y ha agotado la prestación contributiva de al menos seis meses, podrá recibir el subsidio durante seis meses, alargables hasta un máximo de 24.
  • Si se es mayor de 45 años y ha agotado la prestación contributiva de cuatro meses, tiene derecho a recibir la ayuda durante seis meses, prorrogables hasta un máximo de 24 meses.
  • Si se es mayor de 45 años y se ha agotado la prestación contributiva de al menos seis meses, podrá recibir seis meses de subsidio, que se podrá extender hasta un máximo de 30 meses.

Asimismo, si la persona en paro, una vez cumplido este tiempo, sigue cumpliendo las condiciones necesarias iniciales, podrá solicitar otra prórroga de la ayuda económica pública del SEPE. Si se es mayor de 45 años y se ha agotado un paro mayor de seis meses, percibiendo durante el máximo tiempo posible la ayuda, el ciudadano en situación de desempleo habrá recibido un total de 14.400 euros.

 
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