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El Supremo avala que los agentes asignados a los casos de violencia de género no tengan un complemento retributivo

El alto tribunal rechaza el recurso de un grupo de policías de Canarias que reclamaban un aumento por estar disponibles permanentemente vía móvil con potenciales víctimas

Acceso principal al Tribunal Supremo.

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Madrid

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de un grupo de agentes de la policía designados en Canarias y adscritos a la unidad de atención a la familia y la mujer. Los recurrentes reclamaban un complemento retributivo por el carácter "especialmente penoso" de tener que estar 24 horas localizables para las víctimas de viogen que tienen asignadas a través de un teléfono móvil, excepto en época de vacaciones. La sala de lo contencioso - administrativo rechaza la reclamación porque considera que esta unidad exige "que cada víctima pueda acudir siempre a una misma persona".

Añade que la incorporación a esta unidad es "voluntaria", después de superar las pruebas de acceso. Una vez dentro, los agentes tienen un nivel superior al de compañeros equivalentes en otros destinos y una "especialidad retributiva". Dicen los magistrados que este es un "deber inherente" a la función que tienen encomendada y en la que "el elemento personal resulta imprescindible".

La sentencia también subraya que la función de estar localizable 24 horas para las víctimas asignadas "no implica ningún deber de desplazamiento, ni menos aún de escolta o protección física porque solo implica responder a las necesidades de la víctima y, si es preciso, avisar a los servicios policiales que corresponda". La media de esta unidad es la de tres llamadas semanales de una duración de siete minutos cada una.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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