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La Justicia cierra el caso Gali y exculpa a la exministra González Laya

Laya estaba siendo investigada como autora de un presunto delito como autora de prevaricación, de falsedad documental y de encubrimiento. El tribunal afirma que no existe ninguno de estos delitos

La exministra de Exteriores Arancha González Laya / EP

La exministra de Exteriores Arancha González Laya

Madrid

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha cerrado este jueves el caso Gali por la supuesta entrada del líder del Frente Polisario a España y ha exculpado a la exministra de Exteriores Arancha González Laya.

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Es un cierre provisional pero en la práctica es definitivo, porque si no hay más indicios no hay nada más que investigar. Laya estaba siendo investigada como autora de un presunto delito como autora de prevaricación, de falsedad documental y de encubrimiento. Lo que dice el tribunal es que no existe ninguno de estos delitos.

El magistrado ya sobreseyó el caso contra el diplomático Camilo Villarino, pero dejó la puerta abierta a enjuiciar a la exministra. El tribunal dice ahora que el recurso presentado por la Fiscalía y la Abogacía del Estado tiene sentido porque se debe a una decisión política el dejar entrar a Gali y no tiene trascendencia penal en ningún momento.

El líder del Frente Polisario, Brahim Gali, entró en España el 18 de abril de 2021 a través de la base aérea de Zaragoza, por eso se abrieron diligencias penales en esta provincia, con un cuadro de COVID severo. No pasó por la frontera ni enseñó ningún tipo de documentación, y a su llegada fue trasladado por un dispositivo que montó el ministerio del Interior hasta el hospital de Logroño.

Así, el organismo judicial de Zaragoza da carpetazo definitivo al caso, al estimar que se trató de una decisión política y que por tanto no tiene ningún recorrido judicial.

"Así las cosas y aunque se compartiera con el Instructor que dado que se trataba de una operación que afectaba a varios ministerios y era necesaria la adecuada coordinación entre ellos, y que de conformidad con el art. 2 de la Ley 50/1997, del Gobierno, sería al Presidente del Gobierno a quien correspondería la coordinación de las funciones de los demás miembros del Gobierno. Aunque se admitiera que fue así, esto no apuntaría más que a la posibilidad de que fuera el Presidente del Gobierno quien ordenara que se adoptaran las medidas oportunas en orden a la entrada y posterior tratamiento del Sr. Gali en España, pero no a que las personas que aparecen como investigadas en esta instrucción conocieran que la Audiencia Nacional tenía interesada su localización para ser oído como investigado, sin que la notoriedad que aduce la acción popular sobre las acciones que se imputaban al Sr. Gali o sobre la existencia de causas penales para averiguar esos hechos pueda ser tomada en consideración, al no existir indicio alguno que soporte que se trataba de hechos que hubieran sido conocidos previamente por la investigada Sra. González Laya", dice la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Ana Terradillos

Ana Terradillos

Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra (1991-1996) y en Ciencias Políticas por la UNED...

 
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