Prisión para dos proxenetas y un hombre, que trasladaba a las víctimas, por prostituir a once menores
La Audiencia suspende la pena de prisión para una tercera proxeneta, en contra de Fiscalía, al considerar que "tenía una implicación menor"
Murcia
La Sección 3 de la Audiencia Provincial ha acordado el ingreso en prisión, con penas de seis años a Ruth Dorado, Nelly Paola y Walter Domínguez y ordena el cumplimiento inmediato. Las penas impuestas ascendía a 16 años de prisión en el caso de Ruth Dorado, por ocho delitos de prostitución de menores en su modalidad agravada, y de 12 años en el caso de Nelly Paola y Walter Domínguez, por seis delitos, la Sala aplica previamente el límite del artículo 76 del Código Penal, que establece que el máximo de cumplimiento no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave (en estos casos el triple de dos años) y declara extinguidas el resto de las penas de prisión impuestas.
El auto de los magistrados resalta que los acusados de captar a las víctimas "reconocieron haber buscado hasta 11 chicas, a sabiendas de su minoría de edad, para proponerles contactar con personas adultas, normalmente hombres, algunos de avanzada edad y buena situación económica a fin de que tuvieran contactos sexuales con ellos a cambio de dinero, bien en el papel de 'mamis', bien ocupándose de trasladar a las menores, beneficiándose de parte de las ganancias”.
El tribunal considera que en estos tres casos se suma, por un lado, “que la especial naturaleza y gravedad de los hechos que dan lugar a los delitos aquí cometidos, la reiteración de conductas prolongadas en el tiempo y el número tan alto de víctimas, apuntan a un pronóstico claramente negativo de reiteración delictiva”. Y, por otro, que dejar sin efectiva sanción a los infractores "se traduciría en un estímulo para la comisión de delitos de naturaleza igual o similar a aquellos cuya pena se trata de suspender y, consiguientemente, la quiebra total de los fines de prevención que tienen las penas".
Pese a la falta de antecedentes penales y que han pedido disculpas por lo sucedido, y dos de ellos han satisfecho la responsabilidad civil, "juegan en su contra determinados factores que se nos representan muy relevantes, y que impiden la concesión de la suspensión excepcional de las penas solicitada", destacan los magistrados.
En el caso de Yesenia Balladares, también condenada por la modalidad agravada de prostitución de menores, el Tribunal sí aplica el supuesto excepcional de suspensión, en contra de la petición del Ministerio Fiscal, al entender que su actuación ha merecido un reproche menor que los otros componentes de la organización, condenados por el doble o más de delitos, “lo que sugiere que su implicación y su capacidad de decisión en la citada organización era también menor".
"Grave afectación emocional"
Los magistrados destacan la gravedad de las consecuencias que han tenido dichos hechos sobre algunas de las víctimas, "como lo demuestra el contenido de las vistas reservadas que se llevaron a efecto con las mismas y que no reproducen para respetar su intimidad". Las chicas señalaron "el miedo que aún sienten a que contacten con ellas, la afectación emocional que manifiestan al rememorar los hechos, el enorme esfuerzo que ha supuesto para ellas el volver a enfrentarse, diez años después, a unos recuerdos tan dolorosos y, en el caso más grave, la ayuda psicológica mantenida en el tiempo".