Stellantis Vigo aprueba un ERTE suspensivo de 75 jornadas
El ERTE se aplicará a todas las personas trabajadoras con contrato indefinido una vez se haya agotado la adecuación de jornada
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Vista de la planta de Stellantis en Vigo. EFE/ Salvador Sas / Salvador Sas Salvador Sas (EFE)
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Vigo
Este miércoles, con informe favorable de 8 de los 10 miembros de la parte social que componen la Comisión Negociadora – SIT-FSI y UGT –, se ha aprobado el acuerdo del ERTE en Stellantis Vigo, con el que se pone fin al periodo de consultas iniciado el pasado día 31 de enero, cuyas principales medidas se detallan a continuación:
Se trata de un ERTE Suspensivo, para un máximo de 75 jornadas laborables completas de suspensión a título individual, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, (50 días inicialmente con una ampliación de 25 días en caso de que fuese necesario) y la posibilidad de prorrogarlo en 2026 hasta consumir el número máximo de jornadas.
El ERTE se aplicará a todas las personas trabajadoras con contrato indefinido una vez se haya agotado la adecuación de jornada y el saldo disponible en la Bolsa de Horas. También se podrá acceder al ERTE una vez consumidas 20 jornadas de bolsa a título individual en 2025 o consumidas 10 jornadas para aquellas personas que hayan utilizado 30 días de la bolsa plurianual u otros días que le correspondan individualmente en días de parada en 2023 y 2024.
En un comunicado, la compañía apunta que se mantienen las garantías económicas de expedientes anteriores (80% del salario convenio y complemento individual), limitándose a 15,50 horas la recuperación mensual de la bolsa de horas para los tiempos parciales y para los del turno de noche, el umbral de 145 horas mensuales se prorrateará solo cuando en dicho mes se hayan aplicado más de 4 jornadas de ERTE.
En materia de formación, además de la jornada voluntaria una vez consumidas 20 días de ERTE se añade una jornada para aquellas personas que hayan consumido 10 días de bolsa de horas o de otros mecanismos de regularización de la jornada en 2025.
Para la ejecución de este Acuerdo se constituye una Comisión paritaria de seguimiento del citado Expediente integrada por representantes de los firmantes.
EXPEDIENTE DE REGULACIÓN EXTINTIVO (ERE)
Así mismo, con informe favorable de 9 de los 10 miembros de la parte social – SIT-FSI, UGT y CCOO–, se ha aprobado el ACUERDO del ERE del Centro de Vigo, con el que se pone fin al periodo de consultas iniciado el pasado día 31 de enero, cuyas principales medidas se detallan a continuación:
El ERE Extintivo, se aprueba para un máximo de 80 bajas con las condiciones de acuerdos precedentes y doble voluntariedad en las que se incluye tanto a personal mensual y cuadro como a personal horario.
En el caso de la extinción incentivada para 59 años o más para personas próximas a la edad de jubilación con las indemnizaciones análogas a las previstas en anteriores expedientes. También la extinción incentivada para menores de 59 años para desarrollar un proyecto individual. Se abonará una indemnización calculada según los criterios previstos en el Estatuto de los trabajadores para el despido improcedente. Se contempla también la extinción con derecho de retorno preferente, con posibilidad de reincorporación a los 36 meses y una indemnización equivalente a 1,25 anualidades de salario anual bruto.
Asimismo, en respuesta a la petición de la parte social también se han incluido como medida de acompañamiento la posibilidad de suspensión del contrato con derecho de retorno para trabajo en otra empresa o en un proyecto personal durante 12 o 24 meses, con un incentivo de 0,5 anualidades de salario anual bruto o de una anualidad respectivamente.
Para la ejecución de este Acuerdo se ha constituido una Comisión paritaria de seguimiento integrada por los firmantes.