Tribunales

Condenado a 23 años de cárcel el hombre que asesinó a su expareja en O Birloque

El jurado popular entendió probado que actuó “con la intención de imponer su voluntad a la de la víctima, con la que había iniciado una relación de pareja unos dos meses antes, despreciando su condición de mujer”

A CORUÑA, 16/10/24.- Juicio contra un hombre (i) acusado de haber asesinado a su pareja, una mujer del barrio coruñés de O Birloque, en 2021. EFE/Cabalar / Cabalar (EFE)

A CORUÑA, 16/10/24.- Juicio contra un hombre (i) acusado de haber asesinado a su pareja, una mujer del barrio coruñés de O Birloque, en 2021. EFE/Cabalar

A Coruña

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, de conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, ha condenado a 23 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en el barrio de O Birloque, en septiembre de 2021, en A Coruña.

Según la sentencia del 26 de noviembre que ha hecho pública este martes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el acusado ha sido declarado culpable de un delito consumado de asesinato, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de género.

Además, se le ha impuesto la prohibición de aproximarse y de comunicarse por cualquier medio con los hijos y con el padre de la víctima durante 30 años.

El magistrado presidente del Tribunal del Jurado, de acuerdo con el veredicto, ha declarado probado que el acusado, que mantenía desde aproximadamente el mes de julio de 2021 una relación sentimental de pareja con la víctima, mantuvo una discusión con ella durante la noche del 14 al 15 de septiembre de 2021 “motivada por la decisión de la mujer de poner fin a la relación sentimental, pidiéndole que se marchase de la casa, no aceptando este último la decisión de poner fin a la relación sentimental, diciéndole que se iba a arrepentir”.

En la tarde del día 15 de septiembre de 2021, según consta en el fallo, el condenado accedió a la vivienda en cuyo interior se encontraba la víctima y, “con el propósito de acabar con su vida, utilizando un cuchillo, le asestó varias puñaladas, sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de reaccionar ni de defenderse ante el ataque, que tuvo lugar de forma sorpresiva y repentina”.

El jurado popular entendió probado que actuó “con la intención de imponer su voluntad a la de la víctima, con la que había iniciado una relación de pareja unos dos meses antes, despreciando su condición de mujer”.

Tras abandonar la vivienda, recoge la sentencia, tomó un taxi que lo llevó hasta el aeropuerto de Alvedro (A Coruña), donde compró un billete de avión con destino a Madrid, ciudad en la que fue localizado y detenido el día 16 de septiembre.

Además, el Tribunal del Jurado consideró acreditado que, aunque estaba diagnosticado de trastorno depresivo moderado y el día 15 de septiembre consumió diversas bebidas alcohólicas, “en el momento de cometer los hechos no padecía ninguna alteración en sus facultades de entendimiento y voluntad”, por lo que era “plenamente consciente de sus actos”.

La sentencia no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.

 
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