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Registro civil

El registro civil en Vigo deberá contar con tres funcionarios en el turno de tarde y los sábados por la mañana

Así lo recoge el DOG de este jueves, que fija además compensaciones remuneradas por horas especiales

Administración pública / EFE

Administración pública

La Xunta ha emitido una resolución por la que regula el personal con el que deberán contar los registros civiles de las siete ciudades en horario de tarde y sábados, así como sus condiciones de trabajo.

Según recoge el Diario Oficial de Galicia de este jueves, tanto los registros de Vigo como de A Coruña deberán contar con tres funcionarios en el servicio del turno de tarde y los sábados por la mañana un turno integrado por ocho personas, mientras que deberán ser dos de servicio en el caso de Ourense, Santiago, Lugo, Pontevedra y Ferrol, con un turno integrado por cuatro personas.

El horario de los registros civiles de las ciudades es de 9h00 a 18h00 horas de lunes a viernes y de 10h00 a 13h00 horas los sábados.

Así, la orden recoge diferentes compensaciones remuneradas por horas especiales trabajadas. El tiempo de trabajo realizado de 17h00 a 18h00 horas de lunes a viernes se computará como dos horas efectivas por cada hora trabajada. En el caso de la jornada que se realiza los sábados de 10h00 a 13h00 horas, cada hora trabajada computará como dos horas y media efectivas de trabajo. La retribución será de 53,80 euros por cada jornada vespertina de a viernes y con 89,6 euros por cada jornada de sábado.

Esta resolución será de aplicación mientras no se aprueben las respectivas relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario de los cuerpos de los registros civiles de las ciudades que voluntariamente opten por una jornada de mañana y tarde incentivada económicamente.

En caso de no reunirse el número mínimo de integrantes de los turnos entre el personal que preste su servicio en el órgano que tenga adscrito el registro civil o de dejar de existir este por renuncia o cese en el centro de destino del personal integrante, podrá ofertarse la posibilidad de integrarse en dichos turnos al personal funcionario que lo haya solicitado.

 
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