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Condenado a 4 años de prisión por agredir a un homosexual en Valencia de Alcántara

Los hechos ocurrieron en verano de 2020 y para la Fundación Triángulo la sentencia es ejemplarizante porque reconoce que el agresor era conocedor de la orientación sexual de la víctima y que esa fue precisamente la motivación de los delitos cometidos

Lucha contra la LGTBIfobia / Getty Images

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Cáceres

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por la agresión a un joven homosexual en Valencia de Alcántara (Cáceres), así como a tres años de prohibición de acercamiento a la víctima y una indemnización de unos diez mil euros.

Los hechos ocurrieron en el verano de 2020, cuando la víctima sufrió una agresión física además de un trato "vejatorio y denigrante" por parte del condenado, según ha informado este martes la Fundación Triángulo en Extremadura. La situación se produjo en un espacio público, en las inmediaciones de una zona de ocio nocturno, con varias patadas y golpes hacia el joven homosexual, al tiempo que se le amenazaba de muerte al grito de "maricón".

En La Ventana de Extremadura hemos hablado con Hugo Alonso, de la Fundación Triángulo, que califica la sentencia de ejemplarizante.

Condenan a un vecino de Valencia de Alcántara por un delito LGTBIfobico - La Ventana de Exmtremadura

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Durante todo el proceso posterior a la agresión, la víctima ha sufrido estrés postraumático y le ha sido complicado volver a su localidad natal "por miedo a nuevas agresiones", según la Fundación que ha señalado que durante la vista ha quedado probado que el condenado era conocedor de la orientación sexual de la víctima y que la motivación de los delitos cometidos se situaba precisamente en este hecho.

Según ha apuntado, el Juzgado de lo Penal ha condenado al acusado a dos años de prisión por un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas de la víctima por razón de su orientación sexual y otros dos años años por un delito de lesiones. También le ha condenado a tres años de prohibición de acercamiento a los lugares de residencia, trabajo, ocio o comunicación con la víctima, así como a la inhabilitación para el ejercicio de profesión u oficio docente, educativo, deportivo o relacionado con el ocio y el tiempo libre.

La condena además obliga a una indemnización que ronda los 10.000 euros en concepto de indemnización, y al pago de una multa de hasta 2.700 euros y las costas del procedimiento.

Para la Fundación Triángulo y su Oficina de Atención a Víctimas por LGBTIFobia con esta sentencia se demuestra que no existe en el país impunidad ante las agresiones con motivo de la orientación sexual y/o la identidad de género de las personas, pero también la importancia de interponer las correspondientes denuncias cuando se produce una situación de violencia física o discriminación. "Llega en momento de extrema preocupación por el incremento de los delitos de odio", con casi una agresión por semana en Extremadura, ha afirmado la Fundación.

 
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