El Ararteko recuerda a la Diputación de Bizkaia que no puede imponer la atención digital
"La obligación de relacionarse con la Administración solo por vía electrónica debe ser excepcional y el ciudadano tiene derecho a elegir el modo por el que se comunica",a segura el Defensor del Pueblo
bilbao
La oficina del Ararteko ha recordado a la Diputación de Bizkaia que la obligación de relacionarse con la Administración solo por vía electrónica debe ser "excepcional" y el ciudadano tiene derecho a elegir el modo por el que se comunica.
Una persona jubilada planteó al Ararteko que el servicio de atención de la Hacienda de Bizkaia le indicó, ante una queja porque solo podía acceder a su información en la sede electrónica, que, según la normativa foral en vigor, se le consideraba un "obligado tributario que debía relacionarse por vía electrónica con la administración".
"La respuesta de ese servicio no se ajustó a la legalidad vigente", ha sostenido el Ararteko en su resolución, que ha señala que la jurisprudencia establece que la obligación de relacionarse con la administración por vía electrónica debe ser "excepcional al derecho a elegir el canal de relación de las personas físicas".
Por ello, el Defensor del Pueblo vasco recomienda a la Diputación que imparta formación al personal del servicio de atención ciudadana para que la información proporcionada a la ciudadanía resulte ajustada a la legalidad aplicable, además de cercana y comprensible, "especialmente para los colectivos afectados por la brecha digital".
En casos como el denunciado, insta a practicar las notificaciones de acuerdo con el medio elegido por la ciudadanía no obligada a relacionarse con la administración a través de medios electrónicos.
También recomienda evaluar la situación y capacidad de los colectivos vulnerables por la brecha digital, con el fin de motivar y justificar si realmente es posible obligarles a relacionarse con la administración a través de medios electrónicos.
El Ararteko sobre las citas previas en la administración
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