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Anulan por abusiva una comisión de Bankinter por los descubiertos

El fallo de la Audiencia Provincial de Álava puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo

Oficina de Bankinter en la calle Postas de Vitoria / GOOGLE MAPS

Oficina de Bankinter en la calle Postas de Vitoria

Vitoria

La Audiencia Provincial de Álava ha declarado nula por abusiva la comisión por descubierto tácito de Bankinter, tras estimar un recurso presentado por la organización de consumidores EKA/ACUV.

Un juzgado de primera instancia desestimó la demanda de EKA/ACUV, pero ahora la Audiencia ha aceptado el recurso y ha anulado esta cláusula. No obstante, la sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

La cláusula regula la concesión de un crédito para la realización de pagos que se cargan en la cuenta del cliente a pesar de que el saldo no es suficiente, generando un saldo negativo en dicha cuenta.

Según el director jurídico de EKA/ACUV, Iñaki Velasco, el problema estriba en que además de dicha comisión, se cobra un interés por ese descubierto tácito y no consta que se establezca que ambas partidas deban aplicarse de forma alternativa y excluyente, motivo por el que la comisión no obedece a un servicio o prestación distinta y por tanto se duplican los cobros. Se produce así un doble gravamen retributivo por un mismo servicio.

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Iñaki Velasco, director jurídico de EKA / ACUV

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La sentencia condena a Bankinter a cesar en la práctica indicada, abstenerse del cobro de esas cantidades y eliminar la información relativa a su devengo.

 

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