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79 años y cinco meses de condena para los acusados del caso Sansoheta

La asociación Clara Campoamor muy satisfecha con la sentencia que califica de ejemplarizante

La Audiencia Provincial de Álava acogió el juicio contra diez personas acusadas de pagar por tener sexo con menores tutelados de la Diputación alavesa EFE/L. Rico / L. Rico (EFE)

La Audiencia Provincial de Álava acogió el juicio contra diez personas acusadas de pagar por tener sexo con menores tutelados de la Diputación alavesa  EFE/L. Rico

Vitoria

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a penas que van de 1 a 15 años de cárcel a nueve de los diez acusados de corrupción y agresión sexual a menores tutelados por la Diputación alavesa y ha decidido absolver a uno. En Total la sentencia suma 79 años y seis meses de cárcel para nueve de los diez acusados por este caso de corrupción de menores.

El fallo de la sentencia recoge las condenas impuestas tanto a los cuatro procesados que durante el juicio llegaron a un acuerdo de conformidad con las acusaciones tras reconocer los hechos, como al resto.

Las penas de cárcel oscilan entre 1 año y un día y la máxima de 15 años y un día para nueve de los procesados por delitos de corrupción de menores, abuso sexual y agresión sexual, principalmente. La Fiscalía llegó a pedir penas que iban desde los 14 a los 34 años de prisión y la Asociación Clara Campoamor, que ejerció en el proceso la acusación popular, situó la horquilla entre los 30 y los 47 años de cárcel.

Precisamente la Asociación Clara Campoamor ha calificado de "ejemplarizante" la sentencia y muestran su "enorme satisfacción por la misma" En un comunicado hecho público este jueves, por la Asociación que ejercía la acusación particular, apuntan que esta sentencia es una clara advertencia para todos aquellos que se amparan en internet para justificar mantener relaciones con menores de edad". Y es que la sentencia de la Audiencia de Álava deja claro que no "no hay impunidad aunque la página de internet diga que son mayores de edad".

Para el letrado de esta Asociación José Miguel Fernández, esta sentencia "recuerda de manera contundente que el consentimiento del menor no exime del delito, los menores-concluye la sentencia - no pueden consentir".

Por último, la Asociación cree necesario, que una vez termine el procedimiento judicial, a la sentencia le cabe recurso frente al Superior de Justicia del País vasco, se lleve a cabo un análisis y reflexión profundo sobre cómo fue posible que se dieran estos hechos con menores bajo la tutela y guarda de una administración pública. en este caso de la Diputación Foral de Álava.

 
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