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Euskadi regulará la "vulnerabilidad a la desprotección" de los menores para actuar antes de que sea flagrante

El anteproyecto de ley vasca de infancia y adolescencia está en información pública hasta el 3 de junio

Bilbao

Transcurridos 17 años desde la aprobación de la ley vasca de Infancia, el departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales ha emprendido su actualización con un anteproyecto, en trámite de información pública hasta el 3 de junio, que se adapta a la ley integral española del año pasado y avanza "en el reconocimiento de las personas menores de edad como sujetos titulares de derechos, y no sólo como sujetos merecedores de protección". A lo largo de 264 páginas y 336 artículos el anteproyecto "avanza en el reconocimiento, la promoción, la prevención y la restauración o restitución de sus derechos, en los distintos ámbitos de la vida, tanto de la esfera pública como privada, en los que se desarrollan (educativo, sanitario, familiar, social, judicial, etc.).

En ese sentido el texto introduce, como novedad en el marco legislativo autonómico, una definición acerca de qué ha de entenderse como "vulnerabilidad a la desprotección". Se trata de la situación en la que "pese a observarse una atención adecuada y no existir desprotección, existen dificultades personales, familiares o sociales, que implican vulnerabilidad a tal situación, pudiendo la desprotección aparecer en el futuro". Un instrumento de acción preventiva y la detección precoz, antes de que la desprotección sea manifiesta. Se considerarán, por ejemplo, así "las situaciones de riesgo prenatal por falta de cuidado físico de la gestante o consumo abusivo de sustancias o cualquier actuación que comprometa el desarrollo del recién nacido".

El anteproyecto adapta los principios rectores de la actuación administrativa a las nuevas necesidades que presenta la infancia y la adolescencia en el Estado. Así, introduce como "principio rector el amparo de las personas menores de edad contra toda forma de violencia, así como la obligación de todos los poderes públicos de desarrollar actuaciones de sensibilización, prevención, asistencia y protección frente a cualquier forma de maltrato infantil". Regula el ingreso de las personas menores de edad en centros de protección específicos para menores con problemas de conducta. Pero también la creación de unidades residenciales para aquellos con problemas de salud mental y limitaciones funcionales. En estos centros, la futura ley contempla que la contención física mediante la sujeción de las muñecas solo podrá emplearse excepcionalmente y "no podrá aplicarse, en ninguna circunstancia, a personas menores de catorce años, a menores gestantes, a las menores hasta seis meses después de la terminación del embarazo, a las madres lactantes, a las personas que tengan hijos e hijas consigo, ni a quienes se encuentren convalecientes por enfermedad grave, salvo que de la actuación de aquellos pudiera derivarse un inminente y grave peligro para su vida e integridad o para la de otras personas". Se prohíbe, asimismo, expresamente la contención mecánica sujetando la persona a una cama articulada o a un objeto o a mueble fijos.

Eva Domaika

Eva Domaika

Jefa de informativos en Cadena SER Vitoria. Presenta el informativo diario ‘La ventana Euskadi’. Si...

 
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